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CPLT planteó necesidad de reconocer el derecho de acceso a información pública como un derecho humano fundamental en NC

Publicado por: Claudio Nuñez | miércoles 24 de noviembre de 2021 | Publicado a las: 12:49

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Una serie de ideas y propuestas en favor del fortalecimiento de normativas e institucionalidad que conforman un ecosistema de transparencia e integridad en el Estado, entre ellas, el reconocimiento explícito del Derecho de Acceso a la Información Pública como un derecho fundamental en el nuevo texto constitucional, planteó la mañana de este miércoles la presidenta del Consejo para la Transparencia, Gloria de la Fuente, ante la Comisión de Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional de la Convención Constitucional.

En la audiencia en la que la titular del CPLT participó de manera telemática desde Santiago y las y los constituyentes sesionaron en el ex club social de la ciudad de Lota, se refirió al principio de publicidad –reconocido constitucionalmente desde las reformas del año 2005- y que ha implicado una profundización y mejoras a los mecanismos de control del poder, objetivo en el que la transparencia y el acceso a la información emergen como elementos centrales.

“El principio de publicidad surge como categoría de derecho fundamental que apuntale el Estado democrático de derecho, porque fortalece el control social, colabora de manera eficaz en disminuir el distanciamiento entre los ciudadanos y gobernantes y en este cuadro, ayuda a la recuperación de la confianza”, afirmó.

Sin embargo, apuntó a un aspecto que calificó como “clave pensando en el futuro: un ecosistema en materia de transparencia e integridad en lo público. Creemos que es fundamental en la lógica de la recuperación de la confianza de la ciudadanía y por eso es importante profundizar este principio (de publicidad)”.

Uno de los ejes de su exposición se asoció a la necesidad de promover una ciudadanía informada de manera oportuna ante actos y decisiones de la administración, de manera de propender a un mejor ejercicio de control sobre procesos públicos que inciden en la vida de las personas, objetivo en el que colabora como pieza fundamental el derecho de acceso a la información de entidades públicas.

En este marco explicó que la consagración del derecho de acceso a la información en el texto constitucional conlleva, a su vez, la consolidación del acceso a la información pública como un mecanismo para el control social de la actividad pública, algo que hemos hablado no sólo a propósito de temas coyunturales, hay una discusión instalada en el sistema político chileno; la participación ciudadana informada y el ejercicio adecuado y oportuno de otros derechos, es decir, el derecho llave”, espetó.

Asimismo, De la Fuente apuntó al reconocimiento internacional de este derecho: “es importante recordar que existen diversos tratados internacionales vigentes y que han sido ratificados por el Estado de Chile que consagran el derecho fundamental a buscar y recibir información de toda índole y por cualquier procedimiento”.

Autonomía institucional

El director general, David Ibaceta, agradeció la oportunidad que se le dio al Consejo para la Transparencia como institución del Estado de dar cuenta de algunas cuestiones relevantes para la actividad que desarrolla el organismo, aludiendo a una discusión que calificó como “central” asociada a “la existencia de un órgano autónomo que controle, que supervigile, que garantice no tan solo el cumplimiento del principio de publicidad”, sino que “se transforme en una instancia adecuada en la cual efectivamente se pueda garantizar el derecho fundamental de acceso a la información pública”.

Asociado también a la institucionalidad puso en valor los mecanismos y procedimientos específicos de acuerdo a la actual configuración y apuntó a “que este órgano de control tenga asegurada su autonomía e independencia tiene que ver fundamentalmente con una idea que no está totalmente desarrollada en el sentido de que las competencias deben acceder hacia todos los órganos del Estado”.

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