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Confirman prisión preventiva para hijo de Héctor Llaitul y otros 5 miembros de la CAM

Publicado por: Claudio Nuñez | martes 6 de diciembre de 2022 | Publicado a las: 13:30

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La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, Luis Guillermo Menares Chañilao, Luis Darío Fuenzalida Eneros, Jorge Andrés Caniupil Coña y Juan Carlos Mardones Sáez, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de incendio reiterado, robo con retención, robo con intimidación, disparos injustificados, porte ilegal de arma de fuego convencional y porte ilegal de arma de fuego prohibida; en el caso de Llaitul Pezoa y Mardones Sáez, se les imputa, además, autoría en el delito de porte ilegal de municiones. Ilícitos perpetrados el 22 de noviembre recién pasado, en diversos puntos de la Región de La Araucanía.

En fallo unánime (causa 1.074-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Lautaro, al compartir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose oído a los intervinientes y sus fundamentos en estos estrados, por unanimidad de los integrantes de esta sala, se ha decidido que respecto de los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, los mismos concurren en la especie, según los antecedentes que se han hecho valer por el órgano persecutor y los cuales también refirió y analizó el juez a quo en la resolución apelada, los que en esta etapa procesal, justifican adecuadamente la existencia de los delitos materia de la formalización de autos y, constituyen además, presunciones fundadas de la participación atribuida a los imputados”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “En cuanto a la necesidad de cautela, requisitos contenidos en la letra c) del mismo cuerpo legal citado, también se dan en opinión de esta Corte de Apelaciones, en atención a los siguientes parámetros que el mismo legislador ha exigido para estimar que la cautelar en debate resulta proporcional, idónea y necesaria: el número y carácter pluriofensivo de los ilícitos, los bienes jurídicos comprometidos, la integridad física, la vida, la libertad y seguridad individual, el derecho a la propiedad, el haber actuado en grupo, y la gravedad de la pena asignada al menos a uno de los hechos materia de la formalización; por lo que se resuelve, en atención a estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140, 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución en alzada del veinticinco de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juez de Garantía de Lautaro, que decretó la prisión preventiva de los imputados, Luis Darío Fuenzalida Eneros, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Guillermo Menares Chañilao, Jorge Andrés Caniupil Coña y Pelantaro Héctor Llaitul Pezoa, por estimar, que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de las víctimas”.

Según el ente persecutor, aproximadamente a las 8:20 horas del 22 de noviembre de 2022, los imputados Llaitul Pezoa, Menares Chañilao, Fuenzalida Eneros, Caniupil Coña y Mardones Sáez junto a otros sujetos no identificados, previamente concertados ingresaron al predio San Luis de la empresa FHO, ubicado en la Ruta S-10, sector Coihueco de la comuna de Lautaro, portando escopetas y un fusil con los que intimidaron a cinco trabajadores forestales y ejecutaron disparos con el propósito de que estos huyeron del lugar, tras lo cual rociaron con combustible e incendiaron tres camiones y una excavadora, maquinaria avaluada en la suma de $262.000.000. Antes de retirarse del sitio, desplegaron un lienzo con una leyenda relativa al denominado conflicto mapuche.

Luego, los imputados intimidaron al empleado de la empresa, Rodrigo Tiznado Toledo, a quien apuntaron con un arma de fuego y forzaron a que acompañara, a bordo de la camioneta marca Maxus, avaluada en $18.000.000, que conducía, a otro lugar de la propiedad donde hubiera más vehículos.

Intimidado, Tiznado Toledo los guió hasta otro punto donde los imputados prendieron fuego a una camioneta, una máquina trineumática y un bulldozer, avaluadas en $200.000.000. Tras unos 40 minutos de retención, liberaron al trabajador en un camino interior del fundo La Colonia, emplazado en comuna de Lautaro, llevándose la camioneta. Vehículo en el cual se dirigieron hasta un campamento forestal de la empresa Hancoock Chilean Plantations, ubicado en comuna de Temuco, lugar donde dispararon al parabrisas de un camión marca Mitsubishi, modelo Canter, propiedad de la empresa Charriot, y obligaron a un grupo de brigadistas a tenderse en el suelo para proceder a prenderle fuego al camión y a dependencias del campamento forestal, provocando la pérdida total de dichos bienes, los que fueron avaluados en $80.000.000.

Antes de retirarse, los imputados procedieron a sustraer motosierras y otros equipos avaluados en $2.500.000, y a escribir en una bodega consignas alusivas a la Coordinadora Arauco Malleco (CAM). Luego se dirigieron al sector de Pastales y, al llegar al fundo Santa Laura, de la comuna de Cholchol, lugar donde incendiaron la camioneta en que se movilizaban, la que resultando destruida en su totalidad.

En su escape a pie, los imputados fueron sorprendidos por personal de Carabineros, contra quienes dispararon. Luego dejaron abandonadas las armas que portaban en una quebrada e intentaron ocultarse en medio de la vegetación del sector, pero fueron ubicados y detenidos por los policías. Durante el traslado hacía la Octava Comisaría de Carabineros de Temuco, Pelentaro Llaitul y Juan Mardones fueron observados cuando intentaban desprenden de 12 cartuchos calibre 357, por lo que fueron registrados, hallando entre sus vestimentas otros cartuchos balísticos.

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