Publicado por: Claudio Nuñez | domingo 27 de noviembre de 2022 | Publicado a las: 09:01
Escribe: José Navarrete, Director Magister en Tributación, UNAB
Uno de los puntos que poco se ha abordado en el proyecto de reforma de pensiones enviado por el actual gobierno, está el aumento del tope imponible, lo que afectaría directamente a los trabajadores con renta más alta, quienes verían reducida su renta líquida. Sin embargo, el efecto es más profundo que esto. En ese contexto es importante analizar en forma global, los efectos que esta medida tendría en caso de aprobarse.
En primer lugar, hay que saber que existe un tope imponible para efectos de descuentos previsionales, el que actualmente es de 81,6 UF (2,8 millones aproximadamente). Esto implica que, si un trabajador percibe una renta superior a ese monto, sus descuentos previsionales solo se realizarán considerando el tope. Este monto aplica a todos los descuentos previsionales, a excepción del Seguro de Cesantía, que tiene un tope de 122,6 UF (4,2 millones aproximadamente) y la idea del gobierno es que el tope imponible se nivele a 122,6 UF.
Como ya se mencionó, el primer efecto, y más evidente, es la disminución del sueldo líquido de los trabajadores que hoy tienen rentas por sobre el actual tope. Sin embargo, esto es relativo, puesto que parte de este aumento irá directamente a la cuenta individual del trabajador, incrementando su futura pensión y la otra parte irá al plan de salud. En general, los sueldos de esa envergadura tienen plan de salud con alguna ISAPRE, por lo que ese mayor valor sería considerado excedente o bien, podría ir a mejorar el actual plan de salud contratado. Por otro lado, este mayor descuento, implica que la renta imponible para efectos tributarios, que es que la diferencia entre el sueldo imponible menos los descuentos previsionales, tendería a la baja, por lo que el impuesto único que el trabajador pagaría podría ser inferior al que actualmente está pagando.
También se debe considera que este aumento del tope implica un mayor costo por parte de la empresa, puesto que la base de los conceptos que son de cargo del empleador, por ejemplo, SIS o AFC también subirían traduciéndose en un mayor pago por parte de la empresa. Eso es sin considerar el 6% de cotización adicional que la reforma plantea como parte fundamental de la reforma.
Para concluir, se debe saber que esta medida se aplicaría a un grupo minoritario de alrededor de 420 mil trabajadores, que representan poco más del 7% del total de la masa laboral. De este grupo, se estima que tan solo 135 mil quedaría por sobre el nuevo tope imponible.
El proyecto implica una gradualidad en su aplicación, puesto que, como ya se mencionó, los efectos son múltiples y afectan no solo al trabajador, sino que también a las AFP, al sistema de salud, a los trabajadores y por supuesto, al estado, a través del impuesto único al trabajo.