Publicado por: Claudio Nuñez | miércoles 25 de noviembre de 2020 | Publicado a las: 14:52
El Poder Judicial puso desde el 23 de noviembre, a disposición de toda la ciudadanía una plataforma de consulta sobre las causas de retención del 10% de fondos previsionales para pago de deuda de alimentos, en tramitación ante los juzgados con competencia en Familia.
Esta plataforma proporcionará mejor información a usuarios y usuarias que requieran conocer en qué etapa de tramitación está su causa y, así, eviten concurrir a tribunales para acceder a esa información.
En la aplicación, las y los usuarios deben ingresar con su cédula de identidad a su causa y ver -en un lenguaje visual muy sencillo- en qué etapa está su causa y lo que resta para completar la tramitación.
La nueva plataforma está disponible en el portal web del Poder Judicial y en la Oficina Judicial Virtual.
La ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, señaló, al presentar esta nueva herramienta, que «el Poder Judicial está haciendo el máximo esfuerzo para resolver todas estas solicitudes de retenciones y pago de deuda en el más breve plazo. Se han desarrollado, además de esta plataforma de consulta simplificada, herramientas informáticas de simple uso para que las partes puedan formular las solicitudes de retención y de pago, se ha reforzado las dotaciones de los tribunales y se ha capacitado a los funcionarios. Incluso últimamente -por decisión de la Corte Suprema- se dispuso que jueces y juezas de tribunales orales en lo penal se aboquen a apoyar el trabajo que se desarrolla en los juzgados de Familia».
Respecto del estado de la tramitación de las solicitudes de retención del 10% para pago de deudas de alimentos, la ministra informó que ingresaron entre el 25 de julio y el 31 de agosto 516.777 escritos (1.828 % de un año normal, en el mismo período de tiempo); se decretaron 326 mil medidas cautelares de retención, de las cuales 217.000 tienen montos retenidos; en 87.000 no se han presentado solicitudes de retiro; en 13 mil causas no se alcanzó a retener y en 8.800 los deudores no tenían fondos en sus cuentas previsionales.
La suma de los montos retenidos alcanza a los 307.876.504.313 de pesos.
Las solicitudes de liquidación al 19 de noviembre son 272.962. Las liquidaciones realizadas al 19 de noviembre son 222.985 (lo que equivale al 81% de las solicitadas).
Las órdenes de los juzgados a AFPs para pago al 19 de noviembre alcanzaron las 105.891 (lo que equivale al 38% de las solicitudes de liquidación y al 47% de las liquidaciones realizadas).
Y los pagos realizados por AFPs al 19 de noviembre son 33.550.
«Estas situaciones han provocado una extensión de los plazos prometidos, generando una insatisfacción de las usuarias y usuarios con el Poder Judicial», dijo la ministra.
Agregó que desde hoy la tarde de este lunes «los equipos técnicos de la Corporación Administrativa del Poder Judicial comenzarán reuniones con cada una de las AFP para poder ayudarlos a generar procesos más eficientes y rápidos de pagos. Necesitamos que las órdenes de pago se cumplan lo más rápido posible».
Enfatizó la vocera del máximo tribunal que «necesitamos que las órdenes de pago se cumplan lo más rápido posible». Asimismo, señaló que en su tramitación legislativa, la segunda reforma constitucional sobre retiro de fondos «ha considerado el planteamiento que el Poder Judicial ha hecho desde su inicio y esperamos que se adopten las normas legales que faciliten este proceso de pago con cargo al retiro del 10% autorizado por la ley 21.248 en aspectos como la forma de notificar judicialmente a los alimentantes, cómo solucionar casos de aquellos alimentantes que tienen hijos con diferentes madres o padres y cuando están las causas en distintos tribunales; y también para que se fije un plazo perentorio para para las AFP cumplan estas órdenes de pago».
«Lo que debemos esperar ahora es la tramitación completa de la normativa y conocer finalmente cómo será el procedimiento para un eventual retiro forzosos, por cuanto habrá que implementar nuevas herramientas tecnológicas para recibir presentaciones a través de un trámite fácil de este eventual segundo retiro y para hacer efectivo el derecho que tiene los alimentarios para pedir este retro forzoso», concluyó.