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Opinión: Trabajadoras (es) y su propia pandemia

Publicado por: Claudio Nuñez | domingo 19 de abril de 2020 | Publicado a las: 11:17

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“Si existe un sector que esté sufriendo por esta pandemia y por las decisiones de sus autoridades son las trabajadoras y trabajadores del país, que podrán observar con el transcurso de los días y meses, quienes son los que principalmente están pagando la actual situación del país”.

 

Joaquín Bascuñán Muñoz, Pdte. Regional Araucanía, Partido Socialista de Chile.

 

Desde el denominado estallido social del 18 de octubre pasado, la ciudanía comenzó a exigir derechos sociales que hasta el día de hoy regula el mercado. Lamentablemente desde aquel hito el Gobierno no fue capaz de dar soluciones ni tampoco siquiera adentrarse a sus discusiones de fondo, y así nos encontró el covid-19.

Si existe un sector que esté sufriendo por esta pandemia y por las decisiones de sus autoridades son las trabajadoras y trabajadores del país, que podrán observar con el transcurso de los días y meses, quienes son los que principalmente están pagando la actual situación del país. Para ello, mencionaré solo algunos aspectos.

El 5 de marzo, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), emite dictamen 1013-2020, que en resumen les dice a las mutualidades, que debido a la feble trazabilidad de un trabajador contagiado, este “no podrá ser considerado como de origen laboral”. Esto deja en indefensión a los trabajadores, ya que mientras el Ministro Mañalich, pedía cumplir cuarentenas preventivas de 14 días, el 18 de marzo, enviaba ordinario 891, dirigida a las diversas seremis de salud del país, en donde ratificada dictamen de la Suseso, “solamente en los casos que se pueda determinar la trazabilidad de contagio como de origen laboral”. Al no tener licencia médica, bueno sería preguntarse ¿Quiénes asumieron el costo de esos 14 días?, ¿al no poder ir a trabajar le respetaron sus remuneraciones?

Luego entra nueva ley del Gobierno, denominada Ley de Protección al Empleo, señala fundamentalmente, entre otras medidas, que se suspende el contrato por el solo efecto de la Ley, cuando la autoridad declara la paralización de las actividades económicas de manera temporal, para el país o una zona particular y para aquellas comunas declaradas en cuarentena, como Temuco y Padre Las Casas, la decisión es unilateral, es decir, la puede ejercer el empleador sin el consentimiento del trabajador. El empleador no pagará la remuneración, solo pagará las cotizaciones de salud y previsión. El trabajador, en cambio, recibirá una “remuneración” de sus propios fondos que tiene en su Seguro de Cesantía, hago por segunda vez la pregunta, ¿quién asume el costo de estas remuneraciones?, la respuesta en este país ya resulta obvia, la pagará el trabajador. Para dejar en claro, la remuneración que se recibirá por el seguro de cesantía, iniciará con un 70% del promedio de las últimas 3 remuneraciones y la quinta remuneración será de un 35%. Es decir, si un trabajador gana 600 mil pesos mensuales, recibirá el quinto mes solamente 210 mil pesos.

Lamentablemente esta ley además trae una mala y discriminatoria noticia para las trabajadoras de casa particular, quienes habían visto en los últimos gobiernos de la presidenta Bachelet avances significativos en materia de igualdad, como fueron el salario mínimo y la reducción de jornada laboral. Para ellas, a las cuales también se les puede suspender su contrato unilateralmente en las comunas con cuarentena, y al no tener seguro de cesantía, se tendrán que costear sus remuneraciones de su propio fondo de indemnización a todo evento, el denominado 4,11%, el cual es el fondo que tienen para subsistir en caso de ser despedidas, es decir, esta ley las obliga a utilizar el dinero que les pertenece, directamente se le saca el dinero de sus bolsillos, de nuevo, ¿Quién asume el costo?

Si a todo lo anterior, agregamos la clara posición ideológica adoptada por las máximas autoridades de la Dirección de Trabajo, quienes no solo emiten dictámenes contrarios a los trabajadores, sino que autoriza en su propia web la posibilidad de finiquitos electrónicos, los cuales no están regulados por ley, dejando al trabajador en indefensión, ya que no permite la reserva de acciones y derechos, es decir, impide que el trabajador pueda demandar posteriormente, creándose más que un finiquito, un contrato de adhesión. Por otro lado, el mundo sindical debe estar atento a un proyecto de ley enviado recientemente por el Gobierno para suspender las negociaciones colectivas.

Parece que las trabajadoras y trabajadores sufren una pandemia extra, si todo lo anterior fuera poco, quienes administran los fondos de propiedad de los trabajadores, las AFP, han informado a millones de chilenos de millonarias pérdidas en sus cuentas individuales. ¿Quién asume las pérdidas?, sí, acertó, quien más.  

 

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