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Opinión: Con armas o sin armas, esa es la cuestión…

Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 4 de mayo de 2018 | Publicado a las: 18:01

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Este año mediante un documento interno de Carabineros de Chile, se dispuso que personal de Fuerzas Especiales, “no portara” armamento de servicio, para cubrir las actividades policiales en el área de conflicto, lo que fue observado y difundido por los medios de comunicación, siendo criticado por las redes sociales con todo tipo de epítetos y generó molestia entre el personal activo y en retiro de esta institución.

 Por Jorge Aguirre Hrepic, Mayor de Carabineros ®, Consultor en Inseguridad

 

Los tradicionales y habituales desordenes públicos para el día del “Trabajador”, ocurridos cada 1 de mayo, donde se destacan los daños a la propiedad pública y privada, especialmente en Santiago de Chile, esta vez tuvieron un especial ingrediente, que no pasó inadvertido.

Este año mediante un documento interno de Carabineros de Chile, se dispuso que personal de Fuerzas Especiales, “no portara” armamento de servicio, para cubrir las actividades policiales en el área de conflicto, lo que fue observado y difundido por los medios de comunicación, siendo criticado por las redes sociales con todo tipo de epítetos y generó molestia entre el personal activo y en retiro de esta institución.

Independiente de los graves incidentes ocurridos, hay que entender que si bien los “desórdenes públicos” no se resuelven con armas de fuego, estas son parte de las herramientas de “trabajo” para cada carabinero, como defensa personal y para proteger a terceros, conforme a la normativa legal.

Siempre es fácil criticar, pero es sano analizar desde diferentes perspectivas, algunas decisiones de los mandos conforme a su visión del momento o porque derechamente quieren evitar un mal mayor, como deducción de los escenarios que se viven.

Días previos, patrullas de Carabineros en Iquique y La Florida, fueron agredidos salvajemente por personas en la vía pública, y como todos observaron las video grabaciones, Carabineros hace hasta lo imposible por no utilizar las armas de fuego para defenderse, lo mismo ocurrió con un carabinero en Hualpén hace un mes.

Las eximentes de responsabilidad penal por el uso de las armas son claras, sin embargo instrucciones y protocolos, más el temor a una sanción, la indefensión institucional y el reproche público, sin conocer los detalles, inhiben la legítima defensa por parte del Carabinero.

Un aspecto importante a considerar, es que en la actualidad, la muchedumbre organizada o no, está cada día más violenta y agresiva, la actuación colectiva del lumpen y otros grupos de diferente origen (anárquicos, étnicos, seudo culturales, etc.), compuesta por chilenos y extranjeros (migrantes actuales), quienes con o sin pasamontaña, actúan prácticamente sin freno ni control de sus impulsos.

En los disturbios, a diferencia de otros países, el manifestante busca llegar al choque directo con Fuerzas Especiales, principalmente rodear al carabinero para quitarle la gorra o casco, escudo o su arma, considerándolo un “botín” de guerra de la marcha, lo que después exhiben en las redes sociales.

Es decir una marcha o protesta sin enfrentamiento con Carabineros de Chile, lo catalogan como “fome”, sin brillo, como dicen.

Por ello, independiente de las “armas no letales” que posee Carabineros, también tiene restricción para utilizarlas, ya que hay todo un “tratamiento” político en cuanto al “como”, enfrentar determinadas actividades, que por supuesto al subvertor del orden público no le interesa, y esto hace que la función de Carabineros se vea como ineficaz e ineficiente a la hora de resolver el conflicto del desorden y daños.

Con todo, hay que considerar que ante la venida del Papa Juan Pablo II, el año 1987, Carabineros de Chile efectuó servicios policiales sin armamento y en pleno Gobierno Militar,  donde hubo serios y graves incidentes, con muchos Carabineros lesionados, pero una vez más el temple de esta fuerza policial, superó todo.

También, en Temuco, el año 2001, a quien suscribe, le correspondió dirigir un desalojo desde la torre de la iglesia San Francisco ubicado en avenida Alemania, y todos los Carabineros sin portar armamento alguno. Por lo tanto existe el precedente.

A mayor abundamiento,  por mandato Constitucional las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Carabineros y PDI), tienen misiones claras y son depositarios del monopolio del porte de armas de fuego y otros elementos de ayuda al control de masas.

Es decir, están destinadas a enfrentar a la delincuencia dura, la que porta armamento en forma “ilegal”, quedando solo a los vigilantes privados la autorización en determinadas funciones a portar armas de fuego (transportes de valores, entidades estratégicas). En tanto los Guardias de Seguridad no están autorizados a portar armamento.

Ahora bien, no basta con portar armas de fuego, sino que, hay que tener dominio sobre ellas, saber utilizarlas tácticamente y practicar con ellas ante todo tipo de procedimientos y ahí surge otra problemática.

¿Estas instituciones efectúan las prácticas de tiro adecuadas y suficientes?, ¿existen Escuelas de Tiro en ambas Instituciones?, la respuesta es NO.

En Chile, no existe la cultura del conocimiento de las armas, y menos su utilización, salvo algunos deportistas que en Clubes y muchas veces polígonos improvisados, realizan campeonatos de escasa asistencia, ante las legales restricciones que existen al efecto.

No se propone  que Chile tenga una legislación parecida a la segunda enmienda de la Constitución de EE.UU. de América, donde es un “Derecho para el ciudadano la tenencia de armas y su porte”. No obstante que un pre candidato a la presidencia, recientemente, tuvo la idea de propiciar la tenencia de armas y efectuar prácticas de tiro en Chile.

Sin embargo, es importante conocer sobre ellas, así como hay personas que escuchan el ruido de un motor de un vehículo o de una aeronave y la identifican, lo mismo debería ser en términos de las armas, donde se confunde ruidos de disparos de escopetas, con revólveres, pistolas y fusiles, con armas de fogueo o grabaciones de las mismas, creando confusión en los relatos de testigos, ante hechos delictivos. Tanto es así, que las propias autoridades hablan de armas de grueso calibre o de guerra cuando en definitiva la mayoría de las veces no lo son.

Esta temática nos lleva directamente a La Araucanía, donde con fines políticos, varias personas hablaban de que Carabineros solo portaba armas con balines de goma, lo que no es efectivo. Lo que ocurre, es que cada Carabinero porta un arma corta de fuego para su seguridad y algunos portan escopetas con balines de goma para contención sin riesgo vital de los atacantes, lo que ocurre, es  que estos no se desisten y además portan armas de fuego y las utilizan.

En la hipótesis de que Carabineros haga uso de su arma de servicio, lo que ha ocurrido en algunos casos, surge la pregunta ¿Quién defiende al funcionario público (carabinero) que en cumplimiento de una consigna u orden judicial defienda los derechos y bienes de un tercero con resultado mortal o lesiones?, la casuística nos indica que nadie. Se debe defender solo, salvo honrosas excepciones.

Además, pocos saben que la Ley de Control de Armas en Chile,   fue iniciativa del Gobierno de Salvador Allende el año 1972 y se le conoció como “Ley maldita”, donde surgieron restricciones que evidentemente no se cumplieron del todo, y algunos países vecinos, por el contrario, incentivaron el conocimiento y practicas con las mismas, como Argentina, que en la década de 1970, crearon los Clubes de Tiro Federal en todo el país, incentivando el uso de armas por civiles.

Desde Argentina, Paraguay y Bolivia, se efectúa el movimiento de muchas especies de contrabando, incluyendo municiones y armas, sin embargo no ha sido la única fuente. Esto da lo mismo, lo que sí importa, es la mirada como  sociedad que debe existir sobre las armas de fuego y otras, como se debe sentir seguro un ciudadano y su familia, como se genera protección, de ahí que la imagen de Carabineros sin armas en Santiago, fue recibida por los buenos como una mala señal, pero felizmente al cierre de esta columna, se emitió las “Contraorden”, al documento que la generó, “Carabineros vuelve a portar armas de servicio”. Es decir, se cumple con la Ley.

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