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Justicia condenó a TicketPro por cláusulas abusivas en su sitio web

Publicado por: Claudio Nuñez | miércoles 27 de abril de 2016 | Publicado a las: 17:16

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La Corte de Apelaciones de Santiago, tras ratificar un fallo de primera instancia, condenó a la empresa Ticketpro por incluir en los términos y condiciones de su sitio web cláusulas que vulneraban los derechos de los consumidores.

Entre las condiciones declaradas abusivas está aquella donde la empresa se libera previamente de  responsabilidad en caso que se produzcan:

  • Cambios en las fechas o cancelación del evento.
  • Incumplimiento de las condiciones ofrecidas.
  • Daño o lesiones que pudiesen afectar a los asistentes o terceras personas durante el desarrollo del espectáculo.

Esta sentencia se da en el marco de una demanda colectiva presentada por el SERNAC el año 2011 en contra de Ticketpro en el 12° Juzgado Civil de Santiago.

La justicia declaró también como abusiva aquella disposición donde la empresa se arrogaba la facultad de negarle al consumidor el acceso a los recintos donde se desarrolle el espectáculo por conductas que queden al arbitrio de la empresa. El tribunal explicó que esta condición vulnera el derecho a la dignidad de las personas consagrado en la Constitución Política, consignando que la ticketera no tiene las competencias para tomar esta determinación, sin establecer objetivamente qué conductas específicas ameritarían esta sanción.

Además, el tribunal indicó que son nulas aquellas cláusulas que sean escritas en los tickets con una letra inferior a 2,5 milímetros.

El tribunal de alzada capitalino declaró nulas estas disposiciones, quitándoles todo efecto legal, no pudiendo ser aplicadas por Ticketpro. Además, le aplicó una multa de 50 UTM (cerca de $2 millones 266 mil) por infringir la Ley de Protección del Consumidor.

Demanda en contra de Punto Ticket

El SERNAC presentó una nueva demanda colectiva en contra de Punto Ticket, tras detectar en los términos y condiciones de su sitio web, una serie de cláusulas abusivas, dentro de las que se encuentran algunas de las ya declaradas nulas por su abusividad (en el caso de Ticketpro) y que apuntan principalmente a otorgarle a la empresa la facultad de eximirse de responsabilidad frente a perjuicios causados a los consumidores, otorgándole exclusivamente esta obligación al organizador del evento.

 

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