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Araucanía Salud

Insólito: En Hospital de Temuco las autopsias quedaron suspendidas por vacaciones

Publicado por: Claudio Nuñez | domingo 26 de enero de 2020 | Publicado a las: 00:19

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Un inaudito memorándum ha sido distribuido entre las diferentes jefaturas clínicas del Hospital Regional Hernán Henríquez Aravena, donde la jefatura que dichos procedimientos están suspendidos por vacaciones del técnico paramédico capacitado, quien  sale de vacaciones.

 

El Dr. Renato Becker Hecker (jefe (S) de anatomía patológica del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, envió un memorándum informando al Dr. Manuel Vial G., subdirector médico del Hospital “Dr. Hernán Henríquez Aravena” que entre el 27 de enero y el 31 del mismo mes, se encuentran suspendidas las autopsias en dicho servicio, porque el técnico paramédico capacitado para apoyar los procedimientos de autopsias, estará con feriado legal.

El insólito contenido de dicho memorándum sorprende porque en la práctica y entendiendo el sentido literal de la comunicación, durante esos días los cuerpos que lleguen hasta dicho servicio  deberán quedar internos en sus equipos de frío, hasta que se reincorpore el técnico paramédico.

El documento N° 007 – 2020, fechado el 23 de enero de 2020 dice:

De: DR. MANUEL BECKER H.

       JEFE (S) SERVICIO DE ANATOMÍA APTOLÓGICA

A: DR. MANUEL VIAL G.

     SUBDIRECTOR MÉDICO

     HOSPITAL “DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA”

Para conocimiento y difusión, informo a Ud. Que entre el 27 de enero y el 31 de enero 2020 se suspende la realización de autopsias, por feriado legal de Técnico Paramédico, capacitado para apoyar procedimientos de autopsia.

Saluda atentamente a Ud.

  1. RENATO BECKER HECKER

JEFE (S)

ANATOMÍA PATOLÓGICA

En la distribución se señala

-la indicada.

– A Todos los Servicios Clínicos

-Coia archivo.

 

En el documento no se señala la necesidad de reemplazar al paramédico o de la adopción de otras medidas que permitan continuar realizando las autopsias mientras el personal haga uso de sus feriados correspondientes.

Tampoco se informa en la necesidad que otros equipos profesionales se encarguen de esa labor, para evitar que los familiares de los fallecidos puedan realizar el retiro de los cuerpos cumpliendo con el riguroso protocolo para estos efectos.

El 19 de enero último, la máxima autoridad nacional del Servicio Médico Legal (SML), Gabriel Zamora, debió adoptar medidas urgentes que permitiera superar un conflicto laboral entre funcionarios de Santiago y la dirección nacional del servicio.

Para la realización de autopsias en el HHHA, se espera que en dicho período no se paralice la entrega de los cuerpos de los fallecidos, porque la experiencia indica que en torno a estas dependencias se reúnen angustiadas familias por largos períodos, a la espera de retirar los restos de sus seres queridos.

 

Plazos de entrega

 

El Ministerio de Salud mantiene una normativa que rige el funcionamiento del servicio para la entrega de los cuerpos de personas fallecidas en sus establecimientos de salud, a sus familiares.

En el punto 1 se establece que “Cuando fallezca un paciente en un establecimiento asistencial del sector, sea que ha permanecido hospitalizado o durante su atención en un Servicio de Urgencia o en otro servicio de atención ambulatoria, el cuerpo será entregado a los deudos a lo más cuatro horas después de ocurrida la defunción, en cualquier horario, salvo los casos en que éste deba ser objeto de autopsia o ser entregado al Servicio Médico Legal.  Para cumplir esta función, los servicios dispondrán permanentemente de personal encargado de la entrega de cadáveres”.

También señala que luego de ocurrida la defunción de un paciente durante su atención hospitalaria o ambulatoria, la certificación de la defunción estará a cargo del Director del establecimiento o de los médicos que hayan sido designados por éste: el médico tratante, el Jefe de Turno de Urgencia, u otro.

Dicho certificado médico de defunción, deberá ser entregado a los deudos a más tardar dos horas después de su ocurrencia, con el fin de favorecer el pronto trámite de su inscripción en el Registro Civil.

También indica que si el paciente es donante de órganos corresponde que el cerificado  se expida inmediatamente de constatada la muerte encefálica.  Este debe ser emitido por el médico tratante de los pacientes hospitalizados, o el Jefe de Turno de Urgencia o el médico en quien se delegue esta misión, si el deceso ocurre en esa unidad.

 

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