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Condenan a 5 años a Emilio Sandoval Poo por secuestro de un ciudadano francés en Temuco

Publicado por: Claudio Nuñez | martes 10 de mayo de 2016 | Publicado a las: 10:22

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La pena dictada por el Ministro en visita extraordinaria Mario Carroza fueron a nueve funcionarios de la institución quienes secuestraron a Etienne Pesle de Menil el 19 de septiembre de 1973.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, condenó a nueve funcionarios en retiro de la Fuerza Aérea de Chile (Fach) por su responsabilidad en los delitos de asociación ilícita y secuestro calificado del ciudadano de origen francés Etienne Pesle de Menil, ilícitos perpetrados a partir del 19 de septiembre de 1973, en Temuco.

En el fallo (causa rol 2182-1998), el ministro de fuero condenó a los miembros en retiro de la Fach Emilio Sandoval Poo, Crisóstomo Fernández Carrasco, Jorge Valdebenito Isler, Heriberto Pereira Rojas, Luis Yáñez Silva, Luis Soto Pinto, Enrique Rebolledo Sotelo, Leandro Reyes Herrera y Jorge Soto Herrera, a penas de 5 años y un día de presidio por el delito de secuestro calificado y 800 días por asociación ilícita.

Patrulla salvaje

En la etapa de investigación, el ministro Carroza logró establecer que Etienne Pesle de Menil fue detenido el 12 de septiembre de 1973 por personal policial, y luego liberado por resolución de la Fiscalía Militar de la época y dejado bajo custodia del director de la empresa Copalca, Luis Hoffman Gómez Contreras (ya fallecido), la se extendió hasta el 19 de septiembre de dicho año.

«Que ese día 19 de septiembre, una vez que se presenta a cumplir sus labores en Indap (Instituto de Desarrollo Agropecuario), alrededor de las 11:00 horas, un grupo de efectivos de la Fuerza Aérea de Chile, denominado Pandilla Salvaje, Los Chicos Malos, Departamento II, en forma autoritaria y sin exhibir orden judicial ni administrativa alguna, lo saca del edificio Tuma donde estaba el mencionado Instituto, lo sube a una camioneta y le traslada a la Base Aérea Maquehue, donde lo mantiene encerrado sin derecho, para ser interrogado bajo tortura, según ha podido comprobarse, con los atestados testigos presenciales del secuestro y de su posterior encierro en dicho lugar, luego desaparece sin dejar rastros ni que se tengan noticias posteriores de él», sostiene el fallo.

Resolución que agrega: «Esta organización represiva de agentes del Estado, pertenecientes a la Fuerza Aérea de Chile, creada con objetivos criminales, son los que detienen a Etienne Marie Louis Pesle de Menil el día 19 de septiembre de 1973, le trasladan hasta su base de operaciones, la Base Aérea Maquehue, donde al igual que todos los detenidos, lo mantienen amarrado de las manos y con su vista vendada, y le interrogan en el pabellón de la Comandancia bajo tortura, encerrado sin derecho por tiempo indeterminado en la misma Base Aérea, lugar desde donde no se tiene más conocimiento de su existencia».

En el aspecto civil, el fallo condena al Estado de Chile a pagar una indemnización por daño moral de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la cónyuge de la víctima; y de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a cada uno de sus dos hijos.

 

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