Publicado por: Karina Pavez | miércoles 13 de abril de 2016 | Publicado a las: 15:45
Tras un acuerdo conciliatorio con el SERNAC, Banco Consorcio se comprometió a eliminar de sus contratos de adhesión una serie de cláusulas abusivas que le facultaban para aplicar cobros indebidos a los consumidores que mantenían créditos hipotecarios.
A través de estas cláusulas, la entidad financiera establecía que los consumidores debían pagar sus dividendos en un plazo que iba entre los días 1 a 10 de cada mes, pero si se atrasaban, les cobraba intereses moratorios a partir del día 1 y no desde el 11, como debía ser.
Asimismo, Banco Consorcio les cobraba a los usuarios gastos de cobranza extrajudicial por períodos no permitidos por la Ley de Protección del Consumidor (LPC). Por ejemplo, cuando se producía una mora, la empresa cobraba a partir del primer día de plazo de pago, y no desde que vencía el plazo según la normativa.
Ante este escenario y luego de no lograr un acuerdo en el marco de una mediación colectiva, el SERNAC demandó colectivamente al Banco Consorcio a principios de abril del año 2015.
Hay que recordar que el SERNAC mantiene una demanda colectiva en tramitación en contra del Banco Santander por esta misma práctica, y además realizó mediaciones colectivas con otras cinco instituciones bancarias (Banco Bice, Corpbanca, Banco Itaú, Banco Internacional y BancoEstado), las cuales ajustaron sus contratos a los estándares exigidos por el Servicio.
Acuerdo conciliatorio
En el marco de este proceso judicial, y luego de un acuerdo conciliatorio, la entidad financiera acogió las exigencias del Servicio, obligándose a eliminar aquellas cláusulas que le facultaban aplicar los cobros de intereses moratorios y gastos de cobranzas extrajudiciales.
En definitiva, a través de este acuerdo Banco Consorcio:
Restitución de dinero
Además, Banco Consorcio compensará a los cerca de 1.500 consumidores que se vieron afectados por los cobros, mediante:
Compensaciones e indemnizaciones
Aparte de la restitución, Banco Consorcio indemnizará a los consumidores que se vieron perjudicados por estos cobros. Para ello:
Cómo se realizarán los pagos
A las restituciones e indemnizaciones que recibirán los consumidores se les aplicarán los reajustes al valor de la UF vigente a la fecha del pago efectivo.
Asimismo, la restitución de intereses moratorios, los gastos de cobranza extrajudicial y el pago de indemnizaciones se realizarán, tomando en cuenta si el consumidor es cliente vigente o no del banco actualmente:
conciliatorio.
Para este grupo, los montos estarán disponibles a partir del mes subsiguiente de la fecha de dictada la resolución que apruebe el acuerdo conciliatorio por parte del tribunal.
Información a los consumidores
Con el propósito que los consumidores beneficiados con este acuerdo conciliatorio se enteren y puedan solicitar el dinero correspondiente, Banco Consorcio enviará una carta, vía correo privado, a los domicilios de los consumidores afectados, así como un correo electrónico dirigido a los emails de los consumidores registrados.
Por su parte, el SERNAC orientará a todos los consumidores beneficiados por el acuerdo conciliatorio, a través de todos sus canales de atención, tanto en sus
oficinas de atención presencial, como en su call center: 600 594 6000, y en su página web www.SERNAC.cl.