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Prudencia presidencial

Publicado por: Claudio Nuñez | domingo 8 de enero de 2023 | Publicado a las: 10:16

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Escribe: Jorge Astudillo, Coordinador de Investigación de la Facultad de Derecho, UNAB

Casi al finalizar el año 2022 el Presidente Boric hizo uso de la atribución especial establecida en el art. 32 No. 14 de la Constitución que consiste en «otorgar indultos particulares en los casos y formas que determine la ley». Los beneficiados de la decisión presidencial fueron 12 condenados por delitos vinculados al estallido social y un ex-frentista acusado por delitos ajenos a su anterior actividad subversiva.

La facultad de indultar es una atribución exclusiva del Presidente que ya ha sido ejercida en varias ocasiones desde el año 1990. No pretendo cuestionar el fondo de la decisión de Boric, sin embargo, me parece que las declaraciones posteriores efectuadas por el primer mandatario han carecido de la prudencia que se espera de un Jefe de Estado y de Gobierno. Hace pocos días él declaró refiriéndose a estas personas que ellas «son jóvenes y no delincuentes». El 2 de enero señaló en relación con Jorge Mateluna: «ustedes pueden revisar todos los detalles y los razonamientos respecto a los indultos que hemos otorgado. Yo tengo la más profunda convicción de que en el juicio a Jorge Mateluna hubo irregularidades y una valoración de la prueba que no estuvo a la altura de la justicia. Esto no es una opinión personal ni algo que yo haya discutido de manera individual, sino que es la opinión de todos los juristas que se han acercado con seriedad al caso y, por lo tanto, invito a todos quienes quieran revisar los antecedentes que hay respecto a esto. Tengo la plena convicción de la inocencia de Jorge y por eso hemos llevado adelante este indulto».

Si se analizan las apreciaciones del Presidente es posible constatar la gravedad de las acusaciones que se hacen al Poder Judicial. En efecto, Boric denuncia que personas inocentes fueron condenadas por los tribunales de justicia y con ello pone en duda la imparcialidad, el profesionalismo y la ética de los jueces que sustanciaron estos procedimientos. Este discurso pone en jaque, desde un punto de vista político, la legitimidad de un poder del Estado y es esperable que la Corte Suprema y la misma Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas de Chile levanten la voz para repudiar dichos tan poco reflexivos. En buenas cuentas, Gabriel Boric, en un intento de justificar ante la ciudadanía, su decisión política de cursar estos indultos traslada al Poder Judicial la responsabilidad de actuar con parcialidad y arbitrariedad en el juzgamiento de estos casos, sin ser capaz de medir las consecuencias de sus palabras.

Considero que Boric pudo haber fundado sus indultos en razones políticas, humanitarias, de coherencia con sus compromisos de campaña, etc., y todas ellas debatibles, aunque válidas, con independencia de si se comparten o no por la ciudadanía, pero no puede escudar estos indultos en una «mera convicción personal respecto de la inocencia o culpabilidad de personas condenadas por delitos», ya que esta es una atribución que corresponde exclusivamente a los tribunales de justicia.

Si bien cualquier persona puede tener una opinión similar a la del Jefe del ejecutivo respecto del ejercicio de la función jurisdiccional en estos procesos y hacerla pública en ejercicio de su libertad de expresión, el Presidente debe observar un trato más respetuoso y prudente porque en buenas cuentas buscar la justificación de sus decisiones en el actuar de otros órganos del Estado, acusándolos de acciones tan graves como es condenar a inocentes de forma irregular, trae como consecuencia un cuestionamiento a nuestro Estado de Derecho.

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