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Tribunal Ambiental de Valdivia confirmó que parcelación en Pucón debe someterse a evaluación ambiental

Publicado por: Claudio Nuñez | miércoles 9 de marzo de 2022 | Publicado a las: 10:18

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El órgano jurisdiccional determinó que el proyecto constituirá un conjunto con más de 80 viviendas.

De manera unánime, el Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, rechazó la reclamación interpuesta por Inversiones Santa Amalia S.A en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que la sancionó con multas de 594,3 Unidades Tributarias Anuales (UTA, $370 millones aproximadamente), por elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y por no responder a un requerimiento de información; y que requirió el ingreso al SEIA  del proyecto “Parcelación Altos del Trancura”, en la comuna de Pucón.

La sentencia, pronunciada por los ministros Sr. Iván Hunter Ampuero, Sra. Sibel Villalobos Volpi, y Sr. Jorge Retamal Valenzuela; descartó que otra empresa fuera la responsable del proyecto, como lo sostuvo la reclamante y concluyó que la sanción de la SMA se ajustó a derecho.

El fallo desestimó los argumentos respecto de que el proyecto se trataría sólo de una subdivisión de parcelas y determinó que “contiene elementos que determinan una urbanización que, habida consideración del número de viviendas que pretende consolidar (a lo menos 269), constituye un conjunto habitacional que supera el umbral de 80 viviendas”, teniendo por configurada la elusión al SEIA y la necesidad de su ingreso a evaluación ambiental.

Respecto de la aplicación de una multa, además del requerimiento de ingreso al SEIA, el Tribunal resolvió que “esta vulneración al ordenamiento jurídico ambiental, consistente en la elusión al SEIA, demandaba la retribución del infractor por medio de la multa aplicada, que es la medida del disvalor de sus actos”.

“No bastaba con el solo requerimiento -que no es una sanción- para tal retribución, sino que adicionalmente esta vulneración debía ser castigada, conforme al criterio de prevención general de la comisión de infracciones”, concluyó el órgano jurisdiccional.

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