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Senador Huenchumilla responde a Ministro Briones: «Es inconstitucional pedir información personal sin autorización”

Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 6 de noviembre de 2020 | Publicado a las: 10:57

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Tras el oficio enviado por el Ministerio de Hacienda a la Superintendencia de Pensiones, pidiendo los datos de quienes hicieron retiro de sus fondos previsionales, el parlamentario DC aclaró que la información personal puede requerirse sólo “si existe una normativa explícita”, o con “autorización expresa del afectado”.

Este viernes, el senador Francisco Huenchumilla (DC) salió al paso de la defensa esgrimida por el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, quien justificó la información solicitada por su cartera sobre las personas que retiraron el 10 por ciento de sus ahorros previsionales, alegando que fue con fines “estadísticos”. Al respecto, el parlamentario respondió que la información estadística sería “anonimizada”, y argumentó que la protección de datos personales tiene “rango constitucional”.

“La explicación del ministro Briones no es para nada satisfactoria. Desde el punto de vista político, lo mínimo que podemos hacer es cuestionar el fin del requerimiento: si están pidiendo datos con fines estadísticos, como dicen, no existe necesidad de que estos datos se liguen a personas. Debe ser información anonimizada, además, por una cuestión legal”, cuestionó el parlamentario.

El requerimiento

“El oficio del Ministerio de Hacienda solicita datos pormenorizados, incluyendo el rut de los afiliados que hicieron el retiro, y el detalle del monto específico que retiraron”, explicó Huenchumilla.

“La pregunta que uno se hace es para qué. En base a lo que estoy aclarando, sería bueno que el ministro saliera a explicar nuevamente esta gestión, ahora, con un poco más de sinceridad”, explicó Huenchumilla.

Rango constitucional

“Pues bien, además hay que considerar que desde el punto de vista jurídico, la información personal de cada individuo es en Chile un derecho fundamental. Hace dos años fue modificado el Artículo 19 Nº4 de la Constitución, otorgó rango constitucional a la protección de datos personales”, detalló.

“De lo anterior se desprende que el oficio del Ministerio de Hacienda es inconstitucional. Aún cuando señalen en el oficio, que los datos se manejarán con carácter de reservado. La Superintendencia de Pensiones debe abstenerse de entregar esta información, porque además estarían transgrediendo la ley 19.628 sobre protección de datos personales, y se exponen a una sanción de la Contraloría”, agregó el parlamentario.

Finalmente, Huenchumilla detalló que “lo que puede entregar la Superintendencia es información estadística, anonimizada, que sea detallada y pormenorizada, pero sin RUT, nombres, o alguna otra variable que la asocie a personas específicas”, concluyó.

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