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Senado discute iniciativa de Quintana que busca incentivar la donación de órganos

Publicado por: Claudio Nuñez | jueves 3 de enero de 2019 | Publicado a las: 16:08

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Temas como la ampliación del plazo a 4 años para expresar la voluntad de no ser donante, además de una mejor fórmula para salir del registro de no donantes, fueron largamente debatidos durante la discusión en particular de las mociones refundidas que modifican la ley N° 19.451, con el objeto de incentivar la donación de órganos.

 

En conclusión, los parlamentarios acordaron solicitar un informe complementario a las Comisiones Unidas de Salud y Hacienda a fin de someter a votación “un mejor proyecto para dar vida”, según manifestó el senador Jaime Quintana, impulsor de la iniciativa.

 

El debate estuvo marcado por el deceso del menor Joaquín Adasme, quien falleció a la espera del trasplante de un hígado, lo que fue transversalmente sentido y lo que propició la discusión inmediata; asimismo, se reiteraron aspectos como la voluntad y la duda fundada, argumentos que ya fueron expuestos durante el debate en general.

 

En ese sentido, el senador Jaime Quintana, expresó que “un tema es lo que ocurrió con el lamentable deceso del menor y cómo no tomarse en consideración para replantear la eficacia de esta ley, pero hoy nos entregan datos que estamos bajando a un dígito de donantes, muy por debajo de otros países; y otro dato es lo que hace la familia, que a fin de cuenta, impide que la donación se haga efectiva”.

 

Asimismo, Quintana fue enfático en señalar que “hay un niño que puede ser la historia de muchos o muchas en Chile que han fallecido esperando una donación de órganos. Estamos viviendo una situación catastrófica, con casi 7 donantes por cada millón de habitantes. Esto sin duda tenemos que ayudar a cambiarlo”.

 

La norma

 

La norma que se discute en particular incorpora al conviviente civil de la persona fallecida, en el primer lugar (junto con el cónyuge) del orden de familiares a quienes se debe consultar antes de proceder a la extracción de uno o más órganos del fallecido, cuando existan dudas fundadas respecto de la condición de donante de este último o a la vigencia de ella.

 

Además, mantiene como familiares que pueden oponerse a la donación en caso de dudas, al cónyuge o conviviente civil, los hijos mayores de 18 años, los padres; el representante legal, tutor o curador; cualquiera de los hermanos mayores de 18 años y cualquiera de los nietos mayores de 18 años.

 

 

Faculta a todo aquél que en vida desee revocar su inscripción en el Registro Nacional de No Donantes, a hacerlo en cualquier momento, ante el Servicio de Registro Civil.

 

Finalmente, el texto dispone que dentro de los cuatro años siguientes a la entrada en vigencia de este proyecto de ley, todas aquellas personas inscritas en el Registro de No Donantes, deberán ratificar dicha manifestación mediante declaración prestada ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, un notario público o el funcionario respectivo al momento de solicitar la renovación de la cédula de identidad o licencia de conducir.  Si al vencimiento de este plazo no se ha efectuado la señalada ratificación, se entenderá que la persona es donante.

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