Publicado por: Claudio Nuñez | sábado 16 de mayo de 2020 | Publicado a las: 16:59
Entre el 17 de abril y el 8 de mayo, una misma sala de la Corte de Apelaciones de Temuco tuvo dos fallos, que llamó la atención de la gente muy suspicaz, característica muy propia de los chilenos. Primero ordenó a un colegio suspender el cobro de mensualidades, para luego dar un nuevo fallo, esta vez, en favor del colegio. La sociedad propietaria del establecimiento educacional pertenece a la familia del actual ministro de RR.EE, abogado Teodoro Rivera.
El 17 de abril la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso de protección interpuesto por apoderados de un colegio privado, quienes pidieron suspender el pago de mensualidades mientras no se retomen las clases presenciales producto de la propagación del coronavirus en el país.
Los apoderados fundamentaron que producto de la propagación del coronavirus, solicitaron al establecimiento «abstenerse de efectuar y aplicar los cobros correspondientes a los servicios educacionales suscritos para el año escolar 2020».
“Se declara admisible el recurso de protección, en consecuencia se ordena informe la recurrida dentro del plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación, bajo apercibimiento de prescindir de dicho informe si éste no es evacuado dentro de dicho plazo, debiendo además, en lo posible acompañar el informe respectivo en formato digital”, consigna el fallo.
La decisión judicial fue pronunciada por la Sala de Turno de la Corte de Apelaciones de Temuco, integrada por el ministro presidente Carlos Iván Gutiérrez; el ministro Aner Ismael Padilla y la ministra suplente Mirna Espejo.
La Corte de Apelaciones de Temuco dejó sin efecto la orden de no innovar decretada por el tribunal de alzada, que suspendió el pago de mensualidades pactadas entre apoderados del Colegio Inglés George Chaytor Carson de la ciudad y la Sociedad Educacional Educar S.A., propietaria del establecimiento.
Luego, el viernes 8 de mayo, se informó que en fallo unánime, la misma sala del tribunal de alzada, acogió la apelación deducida por el establecimiento privado y dejó sin efecto la medida precautoria.
Luego, pasado menos de dos semanas, la misma Corte que había fallado en favor del recurso presentado por los apoderados, cambia y dejó sin efecto la orden de no innovar. “Atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a lo solicitado, en cuanto se deja sin efecto orden de no innovar decretada con fecha diecisiete de abril de dos mil veinte. Comuníquese por la vía más rápida”, consigna el fallo.
Las decisiones o indecisiones de los integrantes de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones llaman la atención. Puede ser que los chilenos seamos muy suspicaces y vamos situaciones extrañas donde no las hay. Ocurre que el colegio George Chaytor pertenece a la Sociedad Educacional Educar S.A., propiedad de la familia del ministro de RR.EE, Teodoro Ribera.