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CPLT ordena al Ejército entregar hoja de vida de ex jefe de sección pasajes y fletes

Publicado por: Claudio Nuñez | sábado 20 de abril de 2019 | Publicado a las: 21:37

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Este mes de abril el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenó nuevamente al Ejército de Chile la entrega de información que fue denegada por la entidad tras ser requerida vía Ley de Transparencia.

 

Esta vez se trata de antecedentes vinculados a tres ex funcionarios que se encuentran involucrados en eventuales delitos, entre ellos el ex jefe de la Sección de Pasajes y Fletes del Ejército, Fredis Jara Jara, los que no fueron entregados aludiendo a que se afectaría la privacidad y honra de los ex uniformados. Lo anterior a partir de la decisión de los dos amparos en contra de la institución castrense, acogidos en su totalidad por el Consejo.

 

En el caso del coronel (R) Fredis Jara Jara -amparo rol C6235-18- se requirió copia de la hoja de vida del que fuera detenido en octubre de 2018 por presunto fraude al fisco por eventual uso irregular de excedentes por funcionarios del Ejército en la compra de pasajes al extranjero.

 

El cuanto al amparo rol C5194-18, éste fue acogido por el CPLT tras negarse el acceso a una copia de documentos que respalden los actos administrativos asociados a las medidas disciplinarias impuestas a dos tenientes sorprendidos y detenidos por Carabineros vejando y dañando un memorial de detenidos desaparecidos en la madrugada del 13 de septiembre de 2015.

 

El Consejo y había recibido un requerimiento idéntico, correspondiente al amparo Rol C918-18, ordenándose la entrega de los mismos antecedentes. Una decisión que fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante sentencia de 8 de febrero de 2019 (al rechazar el reclamo de ilegalidad Rol N° 334-2018 deducido por el Ejército).

 

Ante ello, la entidad castrense decidió insistir en la negativa a proporcionar esos antecedentes, recurrió de queja ante la Corte Suprema (Rol 4242-2019), buscando evitar la entrega de los actos administrativos que sancionaron a los funcionarios consultados, caso que se encuentra pendiente ante el máximo tribunal.

 

En estos casos el Consejo ha desestimado los argumentos del Ejército, que en los amparos rol C6235-18 y rol C5194-18 negó la entrega de la información solicitada argumentando la oposición de terceros.

 

En el caso del ex jefe de la Sección de Pasajes y Fletes fue el propio Fredis Jara Jara quien se negó a la entrega de los antecedentes señalando en sus descargos que: “la publicación de su hoja de vida afecta la esfera de su vida privada en los términos señalados en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, sin perjuicio que además se tratan de antecedentes necesarios para su defensa jurídica conforme a lo previsto en el artículo 21 N° 1 letra a) de la citada ley”.

 

En tanto, en el amparo C5194-18, la oposición la manifestaron los dos funcionarios involucrados en el incidente de septiembre de 2015 “por estimar que la divulgación afectaría su honra”. En este caso, el CPLT señaló además en su decisión, que la Ley de Protección de Datos Personales no aplica en lo relativo al “tratamiento de datos sobre sanciones cumplidas, por cuanto dicha prohibición no se extiende a los actos administrativos que dispusieron la aplicación de las mismas”, tal como lo ha respaldado con anterioridad la Corte de Apelaciones de Santiago.  Es decir, la institución uniformada debe entregar la documentación que respalda las sanciones impuestas a los funcionarios cuyos antecedentes fueron requeridos.

 

Respecto de la decisión, el presidente del Consejo, Marcelo Drago, afirmó que “es necesario que las instituciones públicas, de cualquier índole, comprendan que por la función de servidores públicos que tiene cualquier funcionario, se encuentra sujeto a un nivel de escrutinio y control social más alto, y esto incluye sus antecedentes profesionales”.

 

Agregó que “en estos dos amparos estamos ante información valiosa, que puede incluso ayudar a esclarecer eventuales delitos, por lo que es aún más importante que las instituciones colaboren sin llevar decisiones como ésta a Tribunales. Pese a que hemos ganado casos similares en la Corte de Apelaciones de Santiago, no es el camino que deben seguir las Fuerzas Armadas, la crisis de confianza que enfrentan debiera llevarlas a actuar de otra forma, sino se hace muy complejo el cambio que la ciudadanía está esperando”.

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