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Araucanía Policial

Corte de Temuco implementa el funcionamiento adicional de la Tercera Sala Extraordinaria durante todo 2025

Publicado por: Tiempo21 | domingo 29 de diciembre de 2024 | Publicado a las: 11:55

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La Excelentísimama Corte Suprema autoriza a esta Corte de Apelaciones para funcionar con una Tercera Sala en carácter de extraordinaria a partir del 01 de enero de 2025.

La Corte de Apelaciones de Temuco informa a la comunidad jurídica de La Araucanía que la Tercera Sala Extraordinaria en funcionamiento adicional fue implementada para continuar su labor, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025.

El tribunal, presidido por la ministra Cecilia Aravena López, dictó el acuerdo N° 403-2024, el cual consigna que: “Atendida la resolución de fecha dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro dictada en los antecedentes AD-1351-2024 de la Excma. Corte Suprema que autoriza a esta Corte de Apelaciones para funcionar con una Tercera Sala en carácter de extraordinaria a partir del 01 de enero de 2025; teniendo presente que por Acuerdo N° 402-2024 de esta misma fecha se nombró a dos Relatores Interinos, lo dispuesto en el Acta N 286-2024 de dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro de la Excma. Corte Suprema, que establece el funcionamiento de esta Corte de Apelaciones en el mes de febrero en dos salas y; que la sala extraordinaria aprobada, podrá funcionar durante el mes de febrero, según se determine, se dispone implementar la misma a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, de acuerdo a las siguientes directrices:

  1. A) Para el funcionamiento de la Tercera Sala Extraordinaria, su integración estará compuesta por un Ministro (a), un Fiscal Judicial y un (a) Abogado Integrante o por otra composición que permita la constitución de la Sala. En el caso de Ministros y Fiscal Judicial por titulares o suplentes o por el subrogante legal, en su caso, además, respecto del Fiscal Judicial, también por el Abogado Integrante que se designe Ad-Hoc en dicha calidad.
  2. B) Funcionar en forma permanente y preferentemente integrada por el Ministro Sr. Carlos Gutiérrez Zavala, quien la presidirá. No siendo posible su integración, éste será reemplazado por el Sr. (a) Ministro (a) que se designe el día de confección de las integraciones semanales, a fin de asegurar la constitución de la sala.
  3. C) La Tercera Sala Extraordinaria abordará el conocimiento de causas de la misma naturaleza y cantidad que las otras dos salas ordinarias, durante todo el tiempo que funcione, sin perjuicio de las modificaciones que fueren pertinentes a fin de optimizar el recurso humano y técnico disponible.
  4. D) Finalmente, en caso de ameritarlo funcionará subrogada por una de las Salas Ordinarias, contingencia que ser abordada el día viernes anterior, al fijar las tablas de la semana.
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