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Corte de Temuco estableció horarios para notarías de Temuco y Padre Las Casas

Publicado por: Claudio Nuñez | jueves 23 de abril de 2020 | Publicado a las: 11:11

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El pleno de ministros de la Corte de Apelaciones de Temuco acordó dejar sin efecto el acuerdo que dispuso los turnos actualmente vigentes y autorizar el funcionamiento de las notarías de Temuco y Padre Las Casas, comunas donde se ha decretado cuarentena, entre las 9.00 y las 13.00 horas.

El texto de la resolución emitida por el tribunal de alzada es el siguiente:

“Atendida las presentaciones del Coordinador de los Notarios y Conservadores de Bienes de Raíces de Temuco y Padre Las Casas Sr. Rodrigo Sepúlveda Gómez, Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, por medio de las cuales informa la solicitud de la Notaria Interina Sra. Sylvia Hueche Fuchslocher, en cuanto a la exclusión de su Notaria del turno fijado al respecto, fundada en que se levantó la cuarentena para la comuna de Padre Las Casas, a contar del día 17 de abril del presente año a las 00:00 horas, evitando así desplazamientos de los habitantes de dicha comuna a Temuco, y la solicitud del Notario de Temuco Sr. Juan Antonio Loyola Opazo, en cuanto a dejar sin efecto el acuerdo que dispuso los turnos actualmente vigentes y autorizar el funcionamiento de la forma que indica.

Teniendo presente la contingencia producto de la alerta sanitaria y las consecuencias de la aplicación de Ley N° 21.227, en cuanto al explosivo aumento de personas que deben concurrir a efectuar trámites a las Notarías, generando con ello aglomeraciones en los oficios de turno, que dificultan el adecuado cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la autoridad, más aún, propiciando la posibilidad de contagios y la expansión del virus, que es precisamente lo que se debe evitar con toda medida impuesta al respecto.

Y, visto lo dispuesto en el artículo 3° del Código Orgánico de Tribunales, Acta 53-2020 de la Excma. Corte Suprema y Acuerdo de Pleno 92-2020, en relación a la Resolución N° 88 exenta de fecha 06 de abril de 2020 del Ministerio de Hacienda, se establece dejar sin efecto el turno de los Oficios de Notarias en la comunas de Temuco y Padre Las Casas, para este mes de abril, fijado con fecha nueve de abril del presente año, transcrito con fecha trece de abril. Sin embargo, se establece que el horario de funcionamiento de los oficios notariales de las comuna de Temuco y Padre las Casas será desde las 09:00 hasta las 13:00 horas.

El funcionamiento expuesto deberá ser llevado a cabo con estricta sujeción al Acta 53-2020 de la Excma. Corte Suprema y a los Acuerdos de Pleno 92-2020 y 104-2020, en especial, en cuanto a incrementar al máximo las medidas se seguridad y limitar al mínimo la dotación presencial.

Además, el cumplimiento de lo expuesto, así como, la sujeción al Acta y Acuerdos de Pleno citados, deberá ser supervisado por el (la) Sr. (a) Ministro (a) Visitador (a) correspondiente. En este sentido, adicionalmente de lo hasta ahora instruido, deberán remitir un informe semanal todos los días viernes antes de las 12:00 horas el (la) Sr. (a) Ministro (a) Visitador (a) correspondiente, del protocolo de seguridad en esta contingencia que deberá contener turnos de funcionarios dentro de los distintos oficios; insumos de seguridad utilizados, y medidas para evitar aglomeraciones al interior de las Notarías y resguardo de la distancia física entre sí, tanto de usuarios como de funcionarios.

Comuníquese a los (las) Sres. (as) Ministros (as) Visitadores (as) de los oficios señalados, a los Tribunales de la Jurisdicción, a los Sres. (as) Notarios (as) de la Jurisdicción y al Sr. Coordinador de dichos oficios, de igual forma, al Colegio de Abogados, Asociaciones Gremiales de la Región, a la Corporación de Asistencia Judicial y a las Clínicas Jurídicas de la Universidades de la Región, para los fines correspondiente. Comuníquese por la vía más expedita”, indica el acuerdo.

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