Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 14 de julio de 2017 | Publicado a las: 16:01
Texto: Consejero Regional, Marcelo Carrasco:
En el marco del proceso de discusión anteproyecto de presupuestos de los GOREs e instituciones públicas, se proponen las siguientes medidas para revisar, consignar en las glosas presupuestarias existentes y/o nuevas:
A.- Industria y Turismo |
1.- Una glosa presupuestaria en materia de Fomento en el área de Industria y Turismo que permitan generar inversión e implementar las acciones necesarias para potenciar el desarrollo de la región, ajustada al traspaso de competencias a los GORES que la soliciten en el marco de las actuales disposiciones legales.
Con cargo a los recursos considerados en los distintos ítems del subtítulo 31 se podrá́ integrar en dicha glosa presupuestaria: |
2.- Subsidios o aportes reembolsables a empresas de los sectores público o privado para proyectos de inversión de interés social en las áreas de INFRAESTRUCTURA HABILITANTE PARA EL TURISMO; electrificación, generación de energía, telefonía celular y comunicaciones, en áreas rurales, y de agua potable y alcantarillado, previamente identificados de acuerdo al procedimiento que establece el artículo 19 bis del decreto ley N°1.263, de 1975.
Para la ejecución de los proyectos sanitarios correspondientes a áreas de concesión de empresas del sector público, los pagos a los contratistas serán efectuados directamente por el Gobierno Regional y la situación patrimonial de la infraestructura que genere será́ definida en el convenio mandato que se establezca entre el Gobierno Regional y dichas empresas. Incorporar en el subtitulo 33, transferencia de diseño e implementación de la marca región, como una forma de fortalecer nuestra identidad y promocionarla desde una mirada holística y de cohesión social. |
3.- Glosa presupuestaria para el desarrollo de de una politica de turismo regional y la generacion de un plan de promoción estratégico del turismo Regional, en todos sus ambitos y para los territorios que identifiquen como prioritario el turismo. |
4.- Fortalecimiento de la acción de las organizaciones de turismo (ejemplo CORETUR), para el desarrollo de la promoción y articulación de los destinos, en el desarrollo de acciones promocionales sean estas en el ámbito presencial o en el ámbito on line.
Crear una línea que potencie un plan de marking de turismo regional, con la participación del mundo público y privado de la región de La Araucanía. |
B.- Fomento Productivo y Fortalecimiento de Emprendimientos |
1.- Glosa que habilite a los Gobiernos Regionales incorporar recursos al Fondo de Pesca Artesanal, con el propósito de mejorar los procesos productivos y calidad de vida de las personas que hacen de esta actividad su sustento diario. |
2.- Fondo especial para el Fortalecimiento de Emprendimientos productivos, en situación de emergencia, catástrofes climáticas, por interrupción del proceso productivo por fuerza mayor
No obstante lo establecido en la Glosa 03, con cargo al subtitulo 24 se podrá́ destinar recursos para el financiamiento de los siguientes conceptos: |
3.- Los Gobiernos Regionales podrán destinar hasta un 5 % del total de sus recursos consultados en la presente Ley aprobada por el Congreso Nacional a subvencionar las actividades de emprendimientos productivos, en situación de emergencia, catástrofes climáticas o de fuerza mayor, con instituciones privadas de orden productivo (cooperativas, asociaciones gremiales, emprendedores o empresas de menor tamaño) con o sin fines de lucro. Las instituciones privadas con o sin fines de lucro podrán ser beneficiarias de estos recursos siempre que al momento de postular tengan una personalidad jurídica vigente, y para el caso, no inferior a 2 años. Y en relación a los emprendedores o empresas de menor tamaño, deben tener iniciación de actividades vigentes y su operación no debe ser inferior a dos años.
La asignación de estos recursos a actividades específicas se efectuará en forma transparente y competitiva, para lo cual el Gobierno Regional respectivo deberá disponer mediante Resolución, los instructivos que considere necesarios, donde, entre otros, se establezcan los plazos de postulación y los criterios con que dichas postulaciones serán analizadas, sean estas por ventanilla abierta o concursos regionales. |
C.- Gestión de Recursos Hídricos |
Para fortalecer a GOREs en gestión de Recursos Hídricos, se propone: |
1.- Ajuste Glosas asociadas a implementación de Sistemas de Agua Potable (APR, Abastos u otros sistemas):
Gobierno Regional pueda fortalecer accionar de Unidad de APR haciéndose cargo directamente del proceso de ejecución de APR como Unidad Técnica. Hoy se realiza convenio mandato con DOH como unidad Técnica quien ejecuta directamente o licita a través de empresa Sanitaria. Cuando es licitado directamente por DOH el 10% del ítem de consultorías de los proyectos contrata asesorías a la inspección técnica, profesionales sin responsabilidad administrativa lo que no resuelve el déficit de dotación para inspección. En la actual redacción se señala que se puede hacer con una resolución fundada de parte del GORE. Se requiere se elimine esta condición de resolución fundada que da carácter a excepcionalidad |
• En materia de Abastos de Agua, los GORES hacen traspasos /transferencias a SUBDERE, se plantea se realice en forma directa a través de los Municipios. Por tanto, se propone se consigne en La ley de Presupuesto 2018, claramente permitir que el Gobierno Regional en forma directa, vía los municipios, pudiera ejecutar el tema de abastos, acumulación, implementación de programas de ayuda en agua para el consumo Humano. |
D.- Fortalecimiento Organización de APR |
Fondo especial para el Fortalecimiento Organización y empresarial, para las Organizaciones de APR región de la Araucanía, No obstante, lo establecido en la Glosa 03, con cargo al subtitulo 24 se podrá́ destinar recursos para el financiamiento de los siguientes conceptos:
Fortalecimiento organización, actualización de equipamiento tecnológico, fortalecimiento de gestión financiera y contable, articulación con otras organizaciones de servicios de agua potable rural. |
E.- Fortalecimiento Cooperativismo Regional |
Programa de Fortalecimiento Organización y empresarial, de las cooperativas agrícolas y de servicio regional, de la región de la Araucanía, que, en situación de emergencia, catástrofes climáticas, por interrupción del proceso productivo por fuerza mayor. No obstante, lo establecido en la Glosa 03, con cargo al subtitulo 24 se podrá́ destinar recursos para el financiamiento de los siguientes conceptos:
– Recambio o compra de equipamiento productivo predial. – Actualización tecnológica. – Fortalecimiento gremial, gestión y desarrollo de productos. – Articulación de redes de comercialización en toda la cada de valor. – Apoyo financiero para la Integración Comercial, productiva y logística en toda la cadena de valor productiva. – Concursos pilotos en el desarrollo e industrialización productiva de las cooperativas. |
F.- EMERGENCIA. |
Se solicita creación y/o ajuste de glosa especial que permita que el Gobierno Regional vía organismos públicos como por ejemplo ONEMI, o vía los Municipios, pueda implementar acciones tendientes a suministrar y resguardar los elementos básicos a los habitantes de la región que puedan verse expuestos a situaciones de emergencia. Hoy en día hay que traspasar 5% a nivel central (Ministerio del Interior y este Ministerio, a través de las Intendencias, operacionaliza en conjunto con ONEMI). |
G.- Glosa ley de Presupuestos 2018, Incorporación y/o Modificación de glosas propuesta 2018 Justificación. |
GLOSA 01 01
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9° de la Ley N°18.834, respecto de los empleos a contrata, incluidos en las dotaciones máximas de personal de estos programas. Las personas que se contraten con cargo a honorarios, podrán tener la calidad de agentes públicos para todos los efectos legales, conforme a lo que se establezca en los contratos respectivos. Comunes para todos los programas 02 de los Gobiernos Regionales y para el programa 03 del Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena. Añadir: Las personas naturales que se contraten con cargo al Subtítulo 31.02.002 Consultoría del Programa de Inversiones de los Gobiernos Regionales tendrán la calidad de agentes públicos, aun cuando sean contratados a través de las Unidades Técnicas respectivas, y no afectarán los límites de cupo que defina la Ley de Presupuestos para los respectivos servicios en la presente Ley Las Unidades Técnicas contratan personal para asesoría a la inspección fiscal sin responsabilidad administrativa, y no se resuelve el problema de déficit de personal para inspección fiscal y labores administrativas. Y no los contratan porque dicen tener límites en su ley. |
GLOSA: 02.3
3. Con cargo a los recursos incluidos en el subtítulo 29, incluso se podrá financiar adquisiciones de: (PROPUESTA DE AJUSTE JUSTIFICACIÓN por ítem) 3.2 Bienes destinados a conectividad a Internet. Los bienes que se adquieran podrán ser transferidos a las municipalidades, a comités de beneficiarios o a otras organizaciones de usuarios; 3.2 Bienes destinados a mejorar comunicaciones (Internet y radiocomunicaciones). Los bienes que se adquieran podrán ser transferidos a las municipalidades, a comités de beneficiarios o a otras organizaciones de usuarios; Se deben adquirir equipos de radiocomunicación, para comités APR u otras entidades, solicitud reiterada en reuniones de Participación Ciudadana. Funcionan en zonas aisladas o sin cobertura de internet, o en temporales. 4. Con cargo a los recursos considerados en los distintos ítems del subtítulo 31 se podrá financiar lo siguiente: 4.2.4 Proyectos de saneamiento rural. La infraestructura que con estos recursos se genere se transferirá a los comités o cooperativas de beneficiarios u otras organizaciones de usuarios. En los casos en que el Gobierno Regional lo determine, mediante resolución fundada, podrá actuar como Unidad Técnica la empresa, pública o privada, que preste el servicio correspondiente; 4.2.4 Proyectos de saneamiento rural (agua potable y/o alcantarillado). La infraestructura que con estos recursos se genere se transferirá a los comités o cooperativas de beneficiarios u otras organizaciones de usuarios. En los casos en que el Gobierno Regional lo determine, podrá actuar como Unidad Técnica la(s) empresa(s), pública o privada, que preste(n) el servicio correspondiente en la región. Precisar el tipo de proyectos. |
H.- DESCENTRALIZAR. |
Tramitación modificación presupuestaria entre subtítulos: Cada vez que se solicita modificar el Subtítulo 31 y/o 29 (transferencia entre estos subtítulos) y creación de transferencias, se debe visar en Santiago (SUBDERE/DIPRES). Además, en el Subtítulo 29, para transferir recursos entre ítems, como por ejemplo de vehículos a máquinas y equipos, se debe solicitar al nivel central. Se solicita se descentralice a la región. El Gobierno Central tiene representantes como son la URS de SUBDERE y Ministerio de Hacienda tiene una Seremía. Se propone se evalúe autorice la firma para que los procesos de inversión sean mucho más rápidos. |
I.- ZONA DE REZAGO ARAUCANIA COSTA |
Adquisición de activos no financieros, para la compra y adquisición de terrenos e inmuebles, y para la ejecución de programas e iniciativas de inversión en LAS COMUNAS DEFINIDAS COMO ZONA DE REZAGO, DE LA REGION DE LA ARAUCANIA, los que deberán estar en línea con los ejes estratégicos del Plan de Gestión de Zonas Rezagadas 2017-2021 o con la Estrategia Regional de Desarrollo. Con todo, hasta un 30% de estos recursos podrán ser aplicados. Al financiamiento de proyectos del Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL) o del Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal (PMU), los cuales también deberán estar alineados con los ejes estratégicos mencionados. |
J.- Implementacion de un Centro de Desarrollo recursos Hidricos, ciencia y Tecnologia |
Con cargo a los recursos de este presupuesto, se podrá́ crear en este subtitulo el ítem de transferencia que permita a la institución receptora administrar el » Centro de Desarrollo recursos Hídricos, Ciencia y Tecnología”. Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre el Gobierno Regional de La Araucanía y el organismo receptor, en el cual deberá́ estipularse, a lo menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir cuenta de su uso. |