Publicado por: Claudio Nuñez | jueves 26 de marzo de 2020 | Publicado a las: 15:04
Se trata de un proyecto de ley de un solo artículo que señala que: “decretado por el Gobierno el Estado de Catástrofe por la Pandemia de COVID-19, y durante la totalidad de su vigencia, las empresas proveedoras de servicios básicos domiciliarios no podrán cortar ni suspender la prestación ni la continuidad de los mismos, en base a la existencia de mora en el pago de los usuarios finales”, señaló el diputado de La Araucanía Miguel Mellado, quién recordó que, se entiende por empresas proveedoras de servicios básicos domiciliarios aquellas que proporcionan agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, gas por cañería y sistemas de telefonía e internet.
El proyecto indica que las deudas de los usuarios finales se prorrotearán en las cuentas de los doce meses siguientes a la fecha del levantamiento del Estado de Catástrofe, y su cobro no podrá incorporar multas ni intereses por mora. Y la infracción a lo dispuesto, será sancionada con una multa de entre mil y dos mil unidades tributarias.
“Estamos conscientes de esta situación de emergencia sin precedentes que vive el país y como parlamentarios debemos trabajar por las personas más vulnerables, por lo que esperamos que este proyecto se vote este viernes en el pleno de la Cámara de Diputados, para que luego pase al Senado y se convierta en ley lo antes posible para ayudar a las personas que están sufriendo por esta lamentable pandemia”, finalizó el legislador.