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Presidente Corte Suprema y Ley antiterrorista: “No puedo excluir ninguna legislación de ser aplicada”

Publicado por: Francisco Carrasco | martes 23 de junio de 2015 | Publicado a las: 18:06

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El presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, realizó en Temuco una serie de actividades una serie de actos que marcan el primer acercamiento del Poder Judicial con organizaciones indígenas de la zona.

La propuesta nace de los seminarios organizados por la Corte Suprema para la inclusión de los Pueblos Originarios en las futuras determinaciones de la Corte Suprema, una premisa que surge de Cumbre Judicial Iberoamericana, que reúne apoderes judiciales de 23 países de América y Europa, en la discusión sobre los sectores vulnerables de la sociedad.

“Hay que entender que no es tan terrible considerar las particularidades de los grupos vulnerables y tener presente que todos formamos parte de un mismo Sistema Jurídico, y que si es necesario considerar aspectos ancestrales o particularidades de los grupos minoritarios, eso también se puede hacer”, indicó Muñoz.

T21.- ¿Esto implica un nuevo trato hacia el Pueblo Indígena de parte del Poder Judicial?

No, porque ya desde el año 1953 se han considerado los usos ancestrales de los Pueblos Originarios; entonces la invitación es a que conozcamos más estos aspectos como sociedad. Es a que apliquemos toda la legislación vigente, entre ellas, la relativa a los derechos que se le dan a  los Pueblos Originarios siempre sobre la base del ordenamiento jurídico, el acatamiento de las normas correspondientes, pero también considerando estos sistemas particulares; y siempre sobre la base de las herramientas que entregue la paz y el diálogo.

T21.- Pero en esta nueva mirada, ¿cómo se presenta la aplicación de la Ley Antiterrorista a los Pueblos Originarios?

Lo he dicho muchas veces, y mi posición se la voy a repetir. La legislación vigente está para ser aplicada e invocada en los tribunales. Los hechos son los que determinan la aplicación del derecho y son los tribunales las que resuelven si esta legislación es aplicable. Eso es lo que puedo decir, porque no puedo excluir ninguna legislación de ser aplicada.

 

T21.- ¿Qué le puede garantizar el Poder Judicial al Pueblo Mapuche?

El Poder Judicial lo único que puede garantizar es que va a resolver cada una de las causas con detenimiento, analizando los hechos, aplicando el derecho y teniendo en consideración todo los elementos que le pongan a disposición para resolver el caso. Eso le puede garantizar el Poder Judicial, que no es otra cosa que se puede pueda garantizar a todos los habitantes de Chile.

T21.- ¿Qué opina de la crítica de las comunidades hacia el actuar de la fiscalía; un actuar lleno de prejuicios según argumentan?.

“Yo no tengo conocimiento de los elementos de juicios en los que se basan esas acusaciones. Sería un pronunciamiento precipitado hacerlo”

T21.- ¿Cúal es la complejidad que representa para el Pode Judicial administrar justicia en zonas del país donde hay Pueblos Originarios?

El principal escollo es poder levantar un sistema jurídico de tradiciones, costumbres y cultura ancestral que pueda tener relevancia jurídica,  porque eso no está escriturado y por lo tanto no lo tenemos a disposición los magistrados; entonces es una labor de conocimiento a la cual debemos adentrarnos y en eso es importante mantener el diálogo con las comunidades para que en un caso concreto podamos poner estos antecedentes a disposición de los desafíos. Ese es el mayor desafío que tenemos las autoridades judiciales y políticas.

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