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Política

Aprueban modificaciones a ley que permite despedir a docentes por hacer uso de licencia médica

Publicado por: Claudio Nuñez | lunes 7 de mayo de 2018 | Publicado a las: 11:58

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La iniciativa presentada en 2017, sufrió cambios por parte del Senado y este jueves 3 de mayo fueron aprobadas en su totalidad por los honorables.

En 2017 indignación causó la situación que atravesaban 11 profesores que desempeñaban funciones en colegios municipales y que fueron desvinculados por el sostenedor del establecimiento bajo la causal de “salud incompatible con el trabajo”, acción que está amparada bajo la Ley N°18.883 en su artículo 148 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, que también se encuentra en el de los docentes que desempeñan funciones en colegios municipalizados.

Lo insólito es que los docentes desvinculados se encontraban con licencia médica debido a que habían sido diagnosticados de cáncer y se estaban sometiendo a los respectivos tratamientos médicos.

Fue este hecho puntual el que generó que en el Senado se revise la ley y se realicen las modificaciones necesarias para terminar con esta facultad discrecional que permite al alcalde, realizar los despidos a voluntad.

Ante este avance en materia de reconocimiento y respaldo a los docentes, la Diputada por la provincia de Malleco, Andrea Parra Señaló que “este proyecto de ley lo que hace es hacer justica en una situación muy compleja en donde los alcaldes tenían atribuciones totales respecto de finalmente sacar a un docente de su cargo solo por una cuestión que tenía que ver con la presentación de licencia médica por un período determinado (..) y hoy día esta situación es reparada por este proyecto de ley y permite que los docentes no sean declarados con salud incompatible y de esta forma pierdan su trabajo”, puntualizó.

Las modificaciones realizadas señalan que no se considerarán para el cómputo de los seis meses señalados las licencias otorgadas en los casos en que el funcionario se accidente en actos de servicio o se enferme a consecuencia o con ocasión del desempeño de sus funciones y aquellas relativas a la protección a la maternidad. Del mismo modo el alcalde, para ejercer la facultad señalada, deberá requerir previamente a la Compin la evaluación del profesional docente respecto a la condición de irrecuperabilidad de su salud y que no le permite desempeñar el cargo.

El proyecto también establece que, si se declara irrecuperable la salud de un profesional de la educación, este deberá retirarse de la municipalidad o del Servicio Local de Educación Pública, según corresponda, dentro del plazo de seis meses. A contar de la fecha de la notificación y durante el referido plazo de seis meses, el profesional de la educación no estará obligado a trabajar y gozará de todas las remuneraciones correspondientes a su empleo, las que serán de cargo del sostenedor.

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