Publicado por: Karina Pavez | jueves 2 de octubre de 2014 | Publicado a las: 02:20
El Tribunal de alzada revocó el auto de procesamiento dictado en contra de Juan Alfonso Prado Ponce, como autor de delito de secuestro calificado del profesor Daniel Mauricio Sepúlveda Contreras, ocurrido en el año 1973 en la comuna de Toltén, región de La Araucanía.
Según indica la causa rol 29.883 del ingreso criminal del Juzgado de Letras de Pitrufquén: “Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en audiencia y teniendo en especial consideración que por ahora, no se cumple en la especie, con el actual mérito de la investigación y respecto del procesado Prado Ponce, con el supuesto N° 2 del artículo 274 Código de Procedimiento Penal, por no existir a su respecto presunciones fundadas para estimar que el inculpado ha tenido participación en delito, como autor, cómplice o encubridor, por lo que SE REVOCA, la resolución apelada de fecha once de julio de dos mil catorce, escrita a fojas 520 y siguientes, en cuanto somete a proceso a Juan Alfonso Prado Ponce, dejándose sin efecto dicha imputación y declarándose que no es reo ni procesado en la presente causa”.
Esta actuación de la Corte de Apelaciones libera de responsabilidades a Juan Alfonso Prado Ponce sólo en la causa del secuestro calificado de profesor del Liceo de Toltén Daniel Sepúlveda Contreras, ya que en el caso del delito de homicidio calificado de Guillermo Hernández Elgueta, perpetrado en la comuna de Toltén, en octubre de 1973, el ex funcionario de Carabineros continúa sometido a proceso, en causa que instruye el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa Latorre.