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Superintendencia del Medioambiente formuló cargos contra empresa que drenó laguna en Pucón

Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 22 de abril de 2016 | Publicado a las: 18:45

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El infractor tendrá un plazo de 15 días hábiles para formular sus descargos.

Considerando numerosos antecedentes aportados a través de denuncias ciudadanas y una mesa de trabajo intersectorial, que agrupó a diversos organismos con competencia en la materia, tales como la Dirección General de Aguas, la Municipalidad de Pucón, la Seremi del Medio Ambiente de La Araucanía y otras entidades técnicas como la Universidad de La Frontera y al UCT, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió formular cargos en contra de la empresa Agrícola y Ganadera San Vicente de Menetúe por drenar la Laguna Ancapulli de Pucón desde mayo de 2015, lo que habría provocado una evidente disminución en el nivel del agua.

La laguna Ancapulli -declarada Santuario Natural por parte de la Municipalidad de Pucón hace más de 10 años- se ubica en el sector rural de Menetúe, dentro del Fundo San Vicente de Menetúe, a cuyos dueños se denunció por haber realizado obras mayores en un canal de desagüe en desuso; profundizándolo y ensanchándolo, produciendo así una baja de más de dos metros del nivel de agua.

Al respecto, el Seremi del Medio Ambiente de La Araucanía, Marco Pichunman, recordó que el 15 de octubre de 2015, “la Seremi de La Araucanía envía ORD. N°327 a la Superintendencia del Medio Ambiente, informando de esta situación y solicitando la fiscalización por eventual elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Hoy puedo decir que estamos conformes con esta formulación de cargos y esperamos que el proceso siga su curso natural, lo que significa que la empresa debe cumplir un plazo para presentar un plan de cumplimiento, o bien, hacer sus descargos”, dijo la autoridad medioambiental.

El hecho que la SMA estimó constitutivo de infracción fue la elusión de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por la ejecución de obras que permiten drenar una laguna, cuya superficie de terreno a afectar es superior a 30 hectáreas.

Por su parte, la Superintendencia del Medio Ambiente, detalló que hace casi un año, la empresa habría abierto un canal de desagüe de 4 metros de ancho por 2 de profundidad en el fundo San Vicente de Menetúe con el propósito de drenar la laguna Ancapulli y aprovechar sus terrenos para el pastoreo de ganado.

Dicho canal habría desaguado progresivamente la laguna, disminuyendo su nivel y provocando la muerte del anillo de juncos presentes en todo el perímetro, lugar que servía de  nidificación y refugio de aves (taguas grandes, taguas chicas y patos zambullidores) y coipos. Igualmente, la SMA estableció que se estaría afectando el bosque nativo que rodea la laguna (compuesto por arrayanes, coihues, laureles y canelos, entre otros).

NORMAS INCUMPLIDAS

Además de la elusión al SEIA, hay otras normas incumplidas que establece la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y el Decreto Supremo N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El infractor cumplirá este 29 de abril, el plazo de 15 días hábiles  para formular sus descargos respectivos.

La SMA clasificó la infracción de la empresa como grave ya que contravienen disposiciones establecidas en el Código de Aguas así como también así como la Ley 19.300. Finalmente, la resolución establece en la letra b) artículo 39 de la Ley Orgánica de la SMA se determina que las infracciones graves “podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta diez mil unidades tributarias anuales”.

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