Publicado por: Karina Pavez | martes 11 de noviembre de 2014 | Publicado a las: 21:20
El Servicio abrió, durante el 2013, una mediación colectiva con la empresa para que modificara estas prácticas, pero ésta tuvo un cierre desfavorable, ya que no entregaron una respuesta satisfactoria de cara a los consumidores.
El Servicio Nacional del Consumidor interpuso una demanda colectiva contra la empresa Matic Kard S.A. -la cual ofrece a los consumidores la Tarjeta de Crédito Salcobrand- luego de detectar el cobro ilegítimo de una comisión de administración, cuando la tarjeta está bloqueada o suspendida, y por contemplar en su contrato de adhesión cláusulas abusivas.
El año pasado y luego de un análisis de la estructura y prácticas de cobros de comisiones, el Servicio inició una mediación colectiva con esta empresa, para poner fin al cobro de la comisión de administración cuando la tarjeta de crédito se encuentre bloqueada.
Por otra parte, algunas de las cláusulas detectadas en los contratos de esta empresa infringían el deber de informar veraz y oportunamente a los consumidores, mientras que otras irregularidades apuntaban a la realización de modificaciones unilaterales en aspectos sustanciales del contrato, lo cual en su conjunto, incumple la Ley de Protección al Consumidor y a su vez el Reglamento sobre Información al Consumidor de Tarjetas de Crédito Bancarias y No Bancarias.
Durante la instancia de mediación colectiva la empresa no dio una propuesta suficiente que cumpliera con los estándares exigidos por la institución, negándose a modificar las prácticas señaladas, que afectan los derechos de los consumidores.
Ante esto, el Director Nacional (PT) del SERNAC, Ernesto Muñoz, señaló que “es fundamental que las empresas informen veraz y oportunamente sobre el detalle de los cobros a los consumidores. Las empresas no pueden cobrar por un servicio que no están prestando, tal como ocurrió acá, cuando los consumidores que tenían su tarjeta bloqueada o suspendida se les cobraba una comisión de administración”.
Muñoz explicó que tras agotarse la instancia extrajudicial con Matic Kard para que modificara sus prácticas “la empresa no entregó una solución oportuna y adecuada que beneficiara a los consumidores afectados por cobros indebidos y cláusulas abusivas, los cuales vulneran directamente sus derechos”.
La autoridad agregó que “el SERNAC siempre privilegia lograr soluciones rápidas y efectivas pensando en los consumidores, pero cuando esto no ocurre, no dudamos en tomar otras alternativas, en este caso, recurriendo a la justicia”.
Por lo tanto, el SERNAC busca ahora en esta instancia judicial que se declare la abusividad y nulidad absoluta de las cláusulas respectivas, el cese de todos los cobros contrarios a la ley y la restitución de todos los montos cobrados ilegítimamente.
OTRAS DEMANDAS COLECTIVAS
Anteriormente el SERNAC interpuso demandas colectivas contra las empresas Corona, Hites y Dijon, ya que tras revisar los contratos de adhesión, se detectaron cláusulas abusivas y cobros indebidos de comisión de administración con la tarjeta de crédito bloqueada.
En el caso de Corona e Hites, además se detectaron comisiones que se les aplicaban a los consumidores cuando éstos reprograman sus deudas, entre otras.
En este escenario, Muñoz recordó que el proyecto de ley que se discute en el Congreso y que busca otorgar mayores facultades a la institución, permitirá proteger de mejor forma a los consumidores ante este tipo de vulneraciones.