Publicado por: Claudio Nuñez | sábado 11 de noviembre de 2017 | Publicado a las: 12:53
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó hoy –viernes 10 de noviembre– el recurso de amparo presentado por la defensa y mantuvo en prisión preventiva a Benito Rubén Trangol Galindo, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de incendio, en carácter de terrorista. Ilícito que habría perpetrado, junto a otros tres imputados, el 9 de junio de 2016, en la comuna de Padre Las Casas.
En fallo unánime (causa rol 189-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Julio César Grandón Castro, Aner Padilla Buzada y María Elena Llanos Morales– rechazó la acción constitucional deducida en contra del magistrado Federico Gutiérrez Salazar, del Juzgado de Garantía de Temuco, quien el 13 de octubre de 2017, resolvió mantener en prisión preventiva al amparado.
“(…) Que el debate en torno a la procedencia de la medida cautelar decretada en contra del amparado se produjo dentro de un proceso judicial vigente, en el cual se han respetado las garantías del imputado y se han observado los principios formativos del proceso penal, motivo por el cual no cabe analizar el acto recurrido sobre la base de alguna infracción legal o constitucional que lo afecte, lo que impide a este Tribunal adquirir convicción acerca de la existencia de una privación, perturbación o amenaza ilegítima del derecho a la libertad personal del recurrente”, establece el fallo.
La resolución agrega que: “por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se declara que SE RECHAZA, el deducido a lo principal de folio N° N°54469-2017, por Pablo Ortega Manosalva en a favor de Benito Rubén Trangol Galindo».