Publicado por: DiarioTiempo21 | sábado 26 de septiembre de 2015 | Publicado a las: 13:22
La Corte Suprema ratificó la resolución que ordenó a la Municipalidad de Angol pagar una indemnización de $ 80 millones de pesos a la familia de un menor que murió tras sufrir un accidente en un paseo escolar.
La Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado en contra de la resolución que ordenó al municipio pagar la indemnización a los familiares de Ronnie Riquelme Toledo, alumno de séptimo básico de la escuela Nahuelbuta de Angol, quien murió ahogado en el sector de Chacaico, el 14 de diciembre de 2011.
«Los jueces de la instancia estimaron que el estatuto de responsabilidad que en la especie ha de aplicarse es el contractual, en razón del contrato de prestación de servicios educacionales que vinculaba a la Municipalidad de Angol, como sostenedora del mencionado establecimiento educacional, y los padres del educando extinto», señala el dictamen.
El fallo sostiene que se imputa al municipio como sostenedora del establecimiento educacional por «la falta de la debida diligencia o cuidado por parte del docente a cargo del aludido paseo de curso que habría posibilitado la defunción del menor, más aún si se trataba del único alumno que no iba acompañado de algún familiar, circunstancia que obligaba a redoblar el cuidado de su persona».