Publicado por: Claudio Nuñez | lunes 21 de octubre de 2024 | Publicado a las: 20:46
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo Falcón y el director nacional del Servicio de Registro Civil, Omar Morales Márquez, informaron sobre los documentos válidos para que las y los ciudadanos puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones municipales y regionales del próximo 26 y 27 de octubre. Las autoridades señalaron que las personas podrán votar con su cédula de identidad o pasaporte vigente o que estén vencidos desde el 27 de octubre de 2023.
El ministro Gajardo señaló que “los documentos válidos para que las personas puedan ejercer su derecho al sufragio el próximo 26 y 27 de octubre son la cédula de identidad y/o el pasaporte con un año de vencimiento previo al día de la elección que es para efectos legales el día 27 de octubre. Es decir, vuelvo a reiterar, si el documento señala que es el día 27 de octubre del año 2023 su fecha de vencimiento, ese documento le sirve para que puedan ejercer su derecho al sufragio”.
Las autoridades de gobierno indicaron que solo esos dos documentos son los válidos para acudir a votar, señalando que no está permitido votar con licencias de conducir o los comprobantes que emite el Registro Civil al renovar o reimprimir una cédula.
Omar Morales, director nacional del Registro Civil, hizo un llamado a las personas a retirar los documentos que ya solicitaron. “Tenemos una cantidad importante de cédulas de identidad y pasaportes que están en las oficinas, que han sido solicitados, pero no han sido retirados. Entonces, muchas veces nos olvidamos que hicimos este trámite y cuando llegue el momento, revisen sus cédulas, se dan cuenta que está vencido y ya hicieron el trámite, vayan y retírenlo”.
Las oficinas del Registro Civil atienden de lunes a viernes de 8.30 a 14 horas, para renovar o reimprimir se requiere agendar hora con Clave Única en www.registrocivil.cl. No obstante, quien tenga su cédula lista para retirar solo debe concurrir a la oficina, no es necesario llevar el comprobante ya que la entrega se hace con comprobación biométrica.
Rol de los expertos en identificación
La ley electoral encomienda al Servicio de Registro Civil e Identificación la labor de tener un experto de identificación en cada local de votación. Esto significa que, si a juicio de la mesa de votación existiere disconformidad notoria y manifiesta entre las indicaciones del padrón de mesa y la identidad del elector, se recabará la intervención del experto de identificación. El experto hará que el elector estampe su huella dactilar derecha al lado de su firma y la cotejará con la estampada en su cédula nacional de identidad o cédula de identidad para extranjeros. Se admitirá el sufragio sólo si con el informe del experto se determinare por la mesa que no hay disconformidad
Omar Morales indicó que en los casos que hubo cambio de sexo registral o cambio de orden de apellidos, posterior al cierre del padrón electoral y este no se ve visualizado a la hora de votar “no se preocupen porque vamos a tener expertos del servicio desplegados a lo largo del país y que ante la duda del presidente de la mesa pueden llamar y nuestros expertos van a dar cuenta y van a confirmar que lo que ha ocurrido, que en el padrón no aparece, pero sí está legalmente constituida su cambio de nombre, sexo registral o su cambio en el orden de apellidos y por tanto puede sufragar de igual forma”.