lunes | 23 de diciembre | 2024

inicio Opinión Editorial: “Populismo Penal Punitivo” sin contrapesos
Opinión

Editorial: “Populismo Penal Punitivo” sin contrapesos

Publicado por: Claudio Nuñez | lunes 3 de abril de 2023 | Publicado a las: 08:59

Compartir esta noticia

Una muy mala señal se está entregando desde el Congreso la aprobación de la Ley Naín-Retamal, bajo circunstancias apremiantes en relación a temas de seguridad, sobre todo por el trágico hecho de la muerte de la Carabinera Rita Olivares a manos de delincuentes en Quilpué, V región. Esta presión transversal de aprobación ya generó duras críticas en especial por la “legítima defensa privilegiada”, desde organismos de DD.HH, abogados expertos en la materia incluso del Ministro de Justicia Luis Cordero, quien manifestó su preocupación y que, “omite que Carabineros tiene reglas específicas de uso de la fuerza, incluido la legítima defensa, en un lugar distinto que es el Código de Justicia Militar”.

Este es muy grave, ya que nos recuerda directamente a lo ocurrido el 21 de octubre de 1993, cuando Carabineros, sin negociar contra extremistas delincuentes que tomaron un bus de aquella época tras un asalto, dispararon y dieron muerte a 6 personas (3 delincuentes) además de dejar 12 heridos. ¿Las condenas? A los uniformados involucrados tuvieron penas remitidas. Por eso es importante que, desde el Senado y el Ejecutivo, puedan hacer las modificaciones necesarias e indispensables para que la policía pueda ejercer mejor su labor; y como dijo el abogado Mauricio Duce a un medio, “Cuando entregas un cheque en blanco, necesitas los contrapesos adecuados para el ejercicio del monopolio de la fuerza. Si no colocas los contrapesos, se corre el riesgo de abuso policial, casos de gatillo fácil, lo que tampoco es conveniente”

Cuando la cámara de Diputados aprobó la “Ley Naín-Retamal”, mayoritariamente parlamentarios de oposición cantaron el himno de Carabineros, como un gran triunfo en materia de seguridad, no sólo trajo consigo un efecto claro para dar un pie clave en el respaldo a las policías, en especial a Carabineros.

Sin embargo, toda esta materia de seguridad, casi de forma especial para los parlamentarios, se aprobaron diversas leyes para combatir mejor la delincuencia, porque la muerte de la carabinera Rita Olivares a manos de delincuentes en Quilpué, aunó fuerzas para buscar dichas aprobaciones. Aquí volvemos al primer párrafo de esta editorial con la fusión de la “Ley Naín-Retamal”, en especial con lo que adolece en relación a la “legítima defensa privilegiada”.

Desde redes sociales, la celebración de los partidarios de oposición fue con la frase “el que nada hace nada teme”, esta frase puede desarmarse fácilmente y podemos poner un ejemplo, una simulación: supongamos que una persona que va caminando es interceptado por personal policial con el fin simple de un control de identidad. Hasta ahí bien. Sin embargo, el ciudadano, por el control preventivo de identidad, al exigirle al uniformado que exhiba su placa, el nombre, el grado y su dotación. Pero el problema va cuando este último (insistimos que este es un ejemplo) se niegue a entregar esos datos, y ocurra una discusión entre el ciudadano y el uniformado que podría llegar a una agresión donde el ciudadano resulte herido y detenido. El ciudadano lo denuncia, pero la defensa del uniformado recae en la “legítima defensa privilegiada” y es donde el ciudadano tendrá que probar que el uniformado lo haya agredido, y en el caso que no tenga pruebas, el uniformado queda libre. ¿El que nada hace nada teme?

Insistimos que este es un ejemplo sencillo, porque hasta ahora el control de identidad preventivo había causado cierto revuelo en 2019, eran otros tiempos, pero se ha ido controlando la norma, en su mayoría sin muchos inconvenientes. El problema que se da con esta norma aprobada de la “legítima defensa privilegiada” se puede prestar para estos casos. Y aquí el peligro es latente, no sólo en el ejemplo entregado, sino que, en manifestaciones, y otros enfrentamientos varios.

Esto que se escribe en estas páginas han advertido hace un par de años lo peligroso que se ha ido acercando el populismo penal punitivo cuando se aprobó el Estado de Excepción en la región, y que, si bien ha tenido un éxito en los controles de identidad, los preventivos y que ha dado buenas luces en cuanto a detenciones, no se han detenido los ataques incendiarios y las quemas de predios, así como de maquinaria. Pero más allá de esto, nos referimos en su momento al populismo penal punitivo porque el ejemplo vivo que hemos tenido para Latinoamérica es, actualmente lo hecho por el presidente de El Salvador, Nayib Bukele, con el fin de erradicar a la delincuencia, es poner al país bajo un régimen de excepción constitucional para detener a miembros de la mara salvatrucha, donde muestran una gran cárcel con amplia capacidad. Pero acá olvidamos directamente que dicho populismo penal punitivo se empezó a dar con el ejemplo vivo de México con el gobierno de Felipe Calderón, donde, a la inversa de Bukele, combatió, de forma efímera, gracias a la “Operación Michoacán” en 2006, a los grandes cárteles de la droga con un Estado de Excepción. ¿Funcionó? Sí, pero a largo plazo se ve en las noticias cómo los cárteles ya no pelean una calle, pelean estados y ciudades.

Entonces, volviendo al tema del llamado “populismo penal punitivo”, y en especial esta ley aprobada, el Ministro Luis Cordero fue enfático y claro en señalar que “el proyecto que acaba de pasar de la Cámara de Diputados al Senado adolece de un gran defecto, y es que dispone de la legítima defensa privilegiada en el Código Penal y eso tiene varios problemas», añadiendo que, «omite que Carabineros tiene reglas específicas de uso de la fuerza, incluido la legítima defensa, en un lugar distinto que es el Código de Justicia Militar”.

“¿Por qué es un riesgo? En su oportunidad, el Ejecutivo lo que advirtió es que este tipo de situaciones tiene que estar amparadas en las reglas de uso de la fuerza. Cuando uno mira el derecho comparado, hipótesis que se aproximan a este debate, están asociadas a reglas del uso de la fuerza», sosteniendo que, «por lo tanto, el Ejecutivo considera que las normas aprobadas son defectuosas y, por el contrario, generan condiciones de riesgo no solo para la policía, sino que también para ciudadanos”.

Desde las palabras de la máxima autoridad judicial, se desprende una opinión similar, que es la que tiene el abogado Mauricio Duce, quien señaló a El Mostrador que, “hoy día, más bien, lo que estamos viendo es que hay una presión por ir hacia cuestiones que exceden los márgenes de racionalidad” y aquí complementó que, “un sistema criminal tiene que construirse sobre bases con equilibrios que permitan, por una parte, entregar herramientas para la eficacia de la persecución penal y, por otra parte, defender los derechos individuales básicos de las personas. Cuando tú solo avanzas en un componente, sin equilibrar el otro, terminan pagando justos por pecadores”.

Finalmente añade que, “cuando entregas un cheque en blanco, necesitas los contrapesos adecuados para el ejercicio del monopolio de la fuerza. Si no colocas los contrapesos, se corre el riesgo de abuso policial, casos de gatillo fácil, lo que tampoco es conveniente”. Y aquí hacemos un punto seguido porque lo que viene acá es que la discusión en general es si realmente esto resuelve el problema o no. Según el propio Duce, “estas leyes de, efectivamente resolver los problemas de seguridad son bajísima o muy marginal, porque no se está haciendo cargo de los problemas de fondo».

Y aquí el problema de fondo, no sólo es el gatillo fácil, el problema de fondo es combatir la delincuencia, pero no a cualquier costo. Hemos dicho también en estas páginas que es necesario e indispensable un mayor fortalecimiento a las policías, esto es, mejor capacitación, pero sobre todo mayor implementación tecnológica y mayor trabajo de inteligencia policial, que donde nuestro país está atrasado tecnológicamente para combatir con mayor efectividad los delitos, robos, investigación de homicidios, etc. Y eso también es un problema estructural que estamos teniendo, y que no se puede ir de las manos. Hay que combatirlo, de forma efectiva, pero con mayor implementación y capacitación, además de preparación. No podemos, como país, quedarnos atrás en la lucha contra la delincuencia.

Por eso es una muy mala señal que se está entregando desde el Congreso la aprobación de la Ley Naín-Retamal, bajo circunstancias apremiantes en relación a temas de seguridad, sobre todo por el trágico hecho de la muerte de la Carabinera Rita Olivares a manos de delincuentes en Quilpué, V región. Con esta presión transversal de aprobación ya generó duras críticas en especial por la “legítima defensa privilegiada”, desde organismos de DD.HH, abogados expertos en la materia incluso del Ministro de Justicia Luis Cordero, quien manifestó su preocupación y que, “omite que Carabineros tiene reglas específicas de uso de la fuerza, incluido la legítima defensa, en un lugar distinto que es el Código de Justicia Militar”.

Es necesario recordar lo ocurrido el 21 de octubre de 1993, cuando Carabineros, sin negociar contra extremistas delincuentes que tomaron un bus de aquella con pasajeros inocentes época tras un asalto, dispararon y dieron muerte a 6 personas (3 delincuentes) además de dejar 12 heridos. ¿Las condenas? A los uniformados involucrados tuvieron penas remitidas, mientras que la justicia militar en ese entonces condenó a más de 50 años a los extremistas sobrevivientes. Por eso es importante que, desde el Senado y el Ejecutivo, puedan hacer las modificaciones necesarias e indispensables para que la policía pueda ejercer mejor su labor; y como dijo el abogado Mauricio Duce a un medio, “Cuando entregas un cheque en blanco, necesitas los contrapesos adecuados para el ejercicio del monopolio de la fuerza. Si no colocas los contrapesos, se corre el riesgo de abuso policial, casos de gatillo fácil, lo que tampoco es conveniente”.

Síguenos en Google News