Publicado por: Claudio Nuñez | lunes 7 de noviembre de 2016 | Publicado a las: 15:05
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa aplicada por la Superintendencia de Servicio Sanitarios por 15 UTA (unidades tributarias anuales), a la empresa Aguas Araucanía S.A. por una serie de infracciones en la operación de la planta de tratamiento de aguas servidas de Temuco.
En fallo unánime (causa rol 6.462-2016), la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Javier Moya, Pilar Aguayo y el abogado (i) Jaime Guerrero– ratificó en todas sus partes la sentencia dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago que rechazó el recurso de reclamación presentado por la sanitaria.
El fallo recurrido (causa rol 8.722-2015), desestimó infracción de ley en la resolución adoptada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
«Que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 1698 del código sustantivo, incumbía al reclamante acreditar las circunstancias en que ha hecho consistir su reclamación; limitándose a acompañar los documentos reseñados en el motivo 16°, los que resultan, absolutamente insuficientes para controvertir los fundamentos que sirvieron de base para la aplicación de la sanción y multa efectuada por la reclamada, y aún más, para desvirtuar la presunción de veracidad de los mismos hechos que se hicieron constar en las respectivas actas de inspección por los fiscalizadores, atendida su calidad de Ministro de Fe, según así quedó consignado en el motivo 29°; por cuanto todas ellas dicen relación con la Resolución dictada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y nada dicen en relación con los hechos alegados en su reclamo, todo lo cual conlleva a su total y absoluto rechazo», sostiene el fallo de primera instancia.