Publicado por: Claudio Nuñez | viernes 10 de junio de 2016 | Publicado a las: 16:33
La Corte de Apelaciones de Temuco revocó hoy -viernes 10 de junio- la resolución de 11 de mayo del 2016 decretada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la capital regional y acogió la incidencia interpuesta por el Ministerio Público, rebajando de 60 a 30 millones de pesos las costas del denominado «caso Hagan».
La Primera Sala, integrada por los ministros Cecilia Aravena López (presidenta), Luis Troncoso Lagos y Aner Padilla Buzada, estimó que “el persecutor en estos autos fue condenado al pago de las costas personales del juicio oral ascendentes a la suma $60.000.000 (sesenta millones de pesos), cantidad que fue objetada por éste en la oportunidad procesal respectiva”.
Y agrega: “estos sentenciadores son de parecer que la cuantía de las costas personales fijadas por los jueces del fondo resultan excesivas y no se condicen con los parámetros señalados en el razonamiento que antecede. Que así las cosas, no queda sino acoger la incidencia de objeción de costas personales planteadas por el Ministerio Público, razón por la cual dicha carga se rebajará en la suma que se dirá en la parte resolutiva del presente fallo, por estimar que ésta parece más condigna con la labor desplegada en el juicio oral por la defensa del imputado».
«Por estas consideraciones y atendido a lo expuesto en el Código Procesal Penal, se declara que se revoca la resolución de once de mayo de dos mil dieciséis, dictada por los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, don Juan Bladimiro Santana Soto, don Luis Sarmiento Luarte y don José Ignacio Rau Atria y en su lugar se declara que, acogiéndose el incidente de objeción de costas personales deducida por el Ministerio Público, éstas se regulan en la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos)”, finaliza el fallo.