Publicado por: Claudio Nuñez | domingo 12 de septiembre de 2021 | Publicado a las: 17:41
El cuerpo legal agrega la facultad de Carabineros de Chile, de revisar los vehículos que transiten en zonas rurales, o que pasen por tenencias o retenes, debiendo exigir la boleta, factura, guía de despacho o el formulario de movimiento animal, según sea el caso (…) Sin embargo, estas modificaciones, en la práctica no han sido tan efectivas como se esperaban”.
Escribe: Marcelo Carrasco Carrasco, consejero regional de La Araucanía.
El abigeato o robo de animales, es un delito que afecta a buena parte de la zona centro sur del país, especialmente durante los meses de septiembre y diciembre, periodo de festividades en el cual se incrementa la venta de carne en el mercado formal e informal.
Este delito, reviste gran relevancia para el desarrollo del sector ganadero, impactando mayormente en los pequeños productores que forman parte de la Agricultura Familiar Campesina.
El abigeato, es sancionado por el artículo 449 del Código Penal, y su regulación ha sido abordada por la Ley N°20.090, que introduce modificaciones al cuerpo legal antes señalado, y la Ley N°20.596, que mejora la fiscalización para la prevención de este tipo de ilícito.
Según estadísticas aportadas por el archivo del congreso nacional, La Araucanía es la segunda región más afectada con este hecho delictual, que deja indefensa a familias que muchas veces ven con impotencia como les arrebatan su medio de trabajo, como lo son sus bueyes, y también sus esperanzas de progresar económicamente mediante la crianza de animales menores y mayores.
Más preocupante aún es la realidad que afecta a las familias de las comunas de Nueva Imperial, Saavedra, Carahue, Teodoro Schmidt, Chol Chol, Cunco, Lautaro, Pitrufquen, Loncoche y Vilcún entre otras, donde la ruralidad y la pobreza hacen más dramática esta situación.
Nuestro ordenamiento jurídico ha evolucionado positivamente con medidas, por ejemplo, de aumento de pena para el delito de abigeato, y con una mayor incorporación de la facultad para las policías de ingresar a predios cuando existan indicios o sospechas de abigeato, cuando la demora en obtener autorización del propietario o juez facilite la concreción del delito.
También se estableció una regulación de los formularios de movimiento animal como documento para el transporte de ganado, y se aumentaron las facultades de fiscalización de los Inspectores del Servicio Agrícola y Ganadero, quienes en el ejercicio de sus labores podrán ordenar la retención temporal o traslado de elementos, insumos, productos o vehículos.
A lo anterior, se suma la ampliación del tipo penal de abigeato a las conductas de alteración o eliminación de marcas o señales en animales ajenos, o a la expedición o porte de certificados falsos para obtener guías o formularios o la conducción de animales ajenos sin estar autorizado.
El cuerpo legal agrega la facultad de Carabineros de Chile, de revisar los vehículos que transiten en zonas rurales, o que pasen por tenencias o retenes, debiendo exigir la boleta, factura, guía de despacho o el formulario de movimiento animal, según sea el caso.
Sin embargo, estas modificaciones, en la práctica no han sido tan efectivas como se esperaban, y es por ello que en estos momentos, en que estamos ad portas de iniciar una nueva celebración de fiestas patrias, solicito como consejero regional, a la autoridad policial y al delegado presidencial, que se puedan incorporar medidas que permitan la prevención , fiscalización y el control efectivo de este delito que afecta a nuestras familias campesinas, entre ellos, establecer niveles de control específicos en las zonas rurales, reforzar las patrullas anti abigeato, incrementar controles de las ferias de animales y mataderos, fiscalización de carnicerías, disponer de servicios integrados con SAG y SII, pesquisar los mataderos clandestinos, desarrollar una Campaña radial y televisiva de prevención y denuncia, coordinar patrullajes preventivos con las Juntas de Vigilancias Rurales, y realizar controles nocturnos en los ingresos y salida de las ciudades.
A nivel de los propietarios, se hace necesario generar acciones preventivas, como por ejemplo, que mantengan al día documentación que acredite dominio, posesión o legítima tenencia de los animales, que aseguren el perímetro de su parcela, que identifiquen adecuadamente su ganado (número, arete, señal, reseña), que creen un inventario de sus animales, que se preocupen de ejercer un control acceso de personas y camiones al lugar donde están los animales, y que pongan atención con las crías y hembras que están por parir.
Prevenir estos hechos delictuales, que tanto daño provocan a las familias campesinas de la región es tarea de todos.