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20 años de cárcel para sujeto por abuso sexual infantil y estupro en Padre Las Casas

Publicado por: Claudio Nuñez | lunes 8 de abril de 2024 | Publicado a las: 16:28

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a M.A.O.G. a la pena única de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor de tres delitos consumados y reiterados de abuso sexual de menor de 14 años de edad y estupro. Ilícitos perpetrados entre 2008 y 2020, en la comuna de Padre Las Casas.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Roberto Herrera Olivos (presidente), Javier Bascur Pavez y Leonel Torres Labbé (redactor)– dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente entre 2008 y 2012, al interior del domicilio de los abuelos paternos de la víctima, ubicado en la comuna de Padre Las casas, el acusado, quien es el padre de las víctimas, de 7 a 12 años y 5 y 10 años de edad a dicho periodo, respectivamente, en el contexto de las visitas que las niñas tenían con el acusado y encontrándose este durante dichos días a cargo del cuidado de las menores, realizó en reiteradas oportunidades actos de relevancia y connotación sexual en perjuicio de sus hijas.

En tanto, en abril de 2019, en el domicilio del acusado ubicado en Padre las Casas, se aprovechó de la inexperiencia sexual de la víctima, una menor de 14 años, la extensa diferencia de edad, la vulnerabilidad socio afectiva por la que pasaba la menor tras el fallecimiento de un hermano, la accedió en reiteradas oportunidades por vía vaginal, resultando la víctima embarazada y dando a luz en noviembre de 2020. Hechos que se reiteraron en, al menos, una oportunidad en el domicilio de la víctima.

Finalmente, el tribunal dio por establecido que, desde 2017 y hasta febrero de 2020, al interior del domicilio que M.A.O.G compartía en Padre Las Casas con la cuarta víctima, hija de su conviviente, realizó en reiteradas oportunidades actos de relevancia y significación sexual en perjuicio de la menor, de entre 6 y 8 años de edad dicho periodo.

El tribunal aplicó, además, a M.A.O.G. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguiente al cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad durante el tiempo de la condena.

Se decretó, además, la medida de protección de las víctimas, de prohibición del condenado a acercarse a sus domicilios, lugar de estudios o trabajo como a cualquier lugar al que concurran o visiten habitualmente por el mismo período en que se impone la sujeción a la vigilancia de Carabineros.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

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